Pasos para constituir una empresa (7ª parte: Notario)

La visita al notario es el tercer paso, hasta ahora hemos comentado las formas en las que se suele empezar una empresa, las diferencias entre autónomo y sociedad limitada, la fiscalidad, obligaciones fiscales, el nombre de la empresa y lo que se debe incluir como mínimo en los estatutos de la sociedad.

Recuerda que independientemente de si eres emprendedor o si ya tienes varias empresas, los pasos para la constitución de una nueva empresa son los siguientes:

  • Nombre de la empresa.
  • Redactar estatutos.
  • Firmar la escritura de constitución ante notario.
  • Solicitar CIF provisional en Hacienda.
  • Liquidar Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
  • Inscribir la empresa en el Registro Mercantil.
  • Solicitar CIF definitivo y alta en actividad económica.
  • Registrar el lugar de trabajo y solicitar código de cuenta de cotización (sólo si vas a tener empleados).
  • Solicitar un certificado digital.
  • Inscripción de la sociedad en el sistema de notificaciones electrónicas.

El Notario: al notario, o bueno, realmente al oficial de la notaría, hay que enviarle como mínimo los siguientes datos:

  • El certificado del registro central con la reserva del nombre, recuerda que debe tener menos de 3 meses desde que lo emitieron y que tiene que haber sido solicitado por uno de los socios futuros de la mercantil.
  • La identidad y datos personales de cada socio, esto es:
    • Nombre y Apellidos como aparecen en el DNI.
    • Nacionalidad y mayoría de edad.
    • Número y letra del DNI (de todas formas el notario lo tendrá que escanear y SIEMPRE debes presentar el original el día de la firma ante notario).
    • Dirección del domicilio, personal o profesional.
    • Estado Civil, mostrando las capitulaciones si estás casado en separación de bienes e indicando el nombre del cónyuge.
    • Profesión o sector en el que trabajas. Recuerda que los socios no tienen por qué trabajar en la empresa, por tanto, un médico puede ser socio de tu empresa de fabricación de maquinaria industrial, en cuyo caso indicará en la escritura que su profesión es médico, aunque estemos constituyendo una sociedad como la indicada.
  • Capital social con el que se va a constituir la sociedad, que recuerda debe ser mínimo 3.000 euros para una sociedad limitada y 60.000 euros para una sociedad anónima.
  • Participaciones en las que se divide el capital social, por ejemplo, 3.000 participaciones de 1 euro cada una, que suman los 3.000 euros mínimos.
  • Porcentaje de participaciones que suscribe cada socio.
  • Forma en la que cada socio aporta el capital para la suscripción, que básicamente pueden ser dos formas:
    • Dinero metálico, depositado en una cuenta bancaria antes de la firma y en este caso el banco hará un certificado indicando la cantidad depositada y el número de cuenta, cuyo titular será la empresa y dicha cuenta corriente se habrá abierto tan solo con el certificado del nombre que otorga el registro central.
    • Aportación NO dineraria, en este caso se debe describir la aportación, por ejemplo, ordenador MARCA X, tipo de ordenador, etc. valor que se le otorga al ordenador por los socios y nada más.
  • Se tiene que indicar que el capital social ha sido totalmente desembolsado para el caso de sociedades limitadas.
  • Objeto social de la empresa, es decir, actividad principal, por ejemplo: fabricación de artículos de ferretería de toda índole, distribución y venta al por mayor y menor de dichos artículos.
  • Domicilio social de la empresa.
  • Quién o quiénes ejercerán las funciones de administrador y en qué forma, administradores solidarios, administradores mancomunados, o único, o consejo de administración, etc. Hablaremos más delante de las diferencias entre unos y otros.
  • Si la empresa tiene un solo socio se indicará también para que el notario pueda incluir que la sociedad es “unipersonal”, pues esto debe hacer público, es decir, aparecerá en el Registro Mercantil. No existe ninguna diferencia fiscal entre una sociedad que es unipersonal y otra que no lo es, ambas tributan exactamente igual. Os dejo un ejemplo, muchas multinacionales son Unipersonales ¿por qué? porque la dueña es otra multinacional al 100%
  • Fecha de inicio de las operaciones de la sociedad, que suele decirse es el mismo día de la constitución.

Todos estos datos son los que debes indicar al notario, aunque normalmente muchos de ellos el oficial te los dará, es bueno que conozcas tus obligaciones y necesidades.

Recuerda que si quieres saber más siempre puedes acudir a tus asesores fiscales o abogados fiscalistas expertos en la materia, como Ruiz Ballesteros.