Newsletter nº 190 | 1 de junio de 2021

¿Qué reformas pueden aumentar el valor de adquisición de la vivienda?

La venta de un bien inmueble genera en la parte vendedora una ganancia o pérdida patrimonial cuyo valor vendrá determinado por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión. Por lo que respecta al valor de adquisición habrá que ver si ha sido a título oneroso o lucrativo.

En el primer caso, si se realizó a título oneroso conforme al artículo 35 de la LIRPF, el valor de adquisición estará formado por la suma de:

  1. El importe real por el que dicha adquisición se hubiera efectuado y,
  2. El coste de las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos y los gastos y tributos inherentes a la adquisición, excluidos los intereses, que hubieran sido satisfechos por el adquirente.

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IVA del Seguimiento Nutricional en centros deportivos

¿Qué dice la ley respecto a la exención del IVA en actividades sanitarias?

Según el artículo 20.Uno.3º de la LIVA, está exenta de IVA la asistencia a personas físicas por profesionales médicos o sanitarios, cualquiera que sea la persona destinataria de dichos servicios. La exención comprende las prestaciones de asistencia médica, quirúrgica y sanitaria, relativas al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades, incluso las de análisis clínicos y exploraciones radiológicas, prestados fuera de establecimientos hospitalarios.

Podría entenderse, por lo tanto, que estos servicios de seguimiento nutricional y de la condición física pueden ayudar a medio/largo plazo a prevenir determinadas enfermedades, tales como enfermedades cardiovasculares u obesidad. La finalidad de este servicio puede ser sanitaria, pero no necesariamente terapéutica.

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El Gobierno alarga el plazo de los créditos ICO a 10 años y fija las quitas para empresas

Aprueba el código de buenas prácticas, que es voluntario, aunque toda la banca se unirá y prolonga la liquidez a pymes hasta diciembre de 2022

La banca y el ICO podrán ya reestructurar la deuda de los autónomos, pymes y empresas, siempre que sus créditos estén avalados por el Estado. El Consejo de Ministros aprobó ayer el código de buenas prácticas al que las entidades financieras podrán adherirse para facilitar la renegociación de la deuda avalada contraída por las empresas del tejido productivo español. Este código contempla la extensión del plazo de vencimiento de los créditos ICO, la conversión de estos en préstamos participativos y la posibilidad de aplicar quitas para reducir la deuda avalada.
Son un conjunto de instrumentos para ayudar a las empresas solventes a salir del bache de la crisis económica derivada del Covid.

Moncloa premiará con exenciones a los autónomos que reabran en verano

El Ejecutivo negocia la prórroga de las ayudas al 31 de septiembre

Se bonificará hasta el 90% de la cuota a los que relancen la actividad sin ayudas

El Gobierno ya ha puesto sobre la mesa su propuesta para extender hasta el próximo 31 de septiembre el esquema de ayudas para autónomos aprobado hace un año para hacer frente a los efectos de la pandemia. En esta prórroga, Moncloa parece querer abonar el terreno de la reactivación, incentivando que los trabajadores por cuenta propia que estén en condiciones de relanzar sus negocios lo hagan ya sin el soporte de la Administración. Concretamente, en la propuesta remitida a las asociaciones representantes de los trabajadores autónomos, por un lado se premia e incentiva la vuelta a la actividad en los meses de verano con exenciones de cuota que llegarían al 90% en los próximos meses, si bien se endurecen ciertos supuestos de acceso al cese extraordinario de actividad, tal y como ha denunciado el colectivo.

elEconomista.es (24/05/2021) Seguir leyendo ══►

 

Calendario general del contribuyente

 

07-04-2021  Desde el 7 de abril hasta el 30 de junio

RENTA Y PATRIMONIO

  • Presentación por Internet de las declaraciones de Renta 2020 y Patrimonio 2020

Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, hasta el 25 de junio

06-05-2021  Desde el 6 de mayo al 30 de junio

IRPF

Presentación por teléfono de la declaración de Renta 2020

02-06-2021  Desde el 2 de junio al 30 de junio

IRPF

Presentación en las oficinas de la Agencia Tributaria de la declaración de Renta 2020

21-06-2021  Hasta el 21 de junio

  • Renta y Sociedades
  • IVA
  • Impuesto sobre las Primas de Seguros
  • Impuestos Especiales de Fabricación
  • Impuesto Especial sobre la Electricidad
  • Impuestos Medioambientales
  • Impuesto sobre las Transacciones Financieras

25-06-2021  Hasta el 25 de junio

  • Renta y Patrimonio

30-06-2021  Hasta el 30 de junio

  • Renta y Patrimonio
  • IVA
  • Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de Estado por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente

20-07-2021  Hasta el 20 de julio

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Junio 2021. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230
  • Segundo trimestre 2021: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216

Pagos fraccionados Renta

  • Segundo trimestre 2021:
    • Estimación directa: 130
    • Estimación objetiva: 131

IVA

  • Junio 2021. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Junio 2021. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
  • Segundo trimestre 2021. Autoliquidación: 303
  • Segundo trimestre 2021. Declaración-liquidación no periódica: 309
  • Segundo trimestre 2021. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Segundo trimestre 2021. Servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos en el IVA. Autoliquidación: 368
  • Segundo trimestre 2021. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
  • Solicitud de devolución del recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales: 308
  • Reintegro de compensaciones en el Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: 341

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Junio 2021: 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Abril 2021. Grandes empresas: 561, 562, 563
  • Junio 2021: 548, 566, 581
  • Segundo trimestre 2021: 521, 522, 547
  • Segundo trimestre 2021 Actividades V1, V2, F1, F2: 553 (establecimientos autorizados para la llevanza de la contabilidad en soporte papel)
  • Segundo trimestre 2021. Solicitudes de devolución: 506, 507, 508, 524, 572
  • Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

  • Junio 2021. Grandes empresas: 560
  • Segundo trimestre 2021. Excepto grandes empresas: 560

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

Segundo trimestre 2021. Pago fraccionado: 585

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL CARBÓN

Segundo trimestre 2021: 595

IMPUESTO SOBRE LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS

  • Junio 2021: 604

26-07-2021  Hasta el 26 de julio

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES Y ENTIDADES EN ATRIBUCIÓN DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO CON PRESENCIA EN TERRITORIO ESPAÑOL)

Declaración anual 2020. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural: 200, 206, 220 y 221

Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

DECLARACIÓN DE PRESTACIÓN PATRIMONIAL POR CONVERSIÓN DE ACTIVOS POR IMPUESTO DIFERIDO EN CRÉDITO EXIGIBLE FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Año 2020. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural: 221

Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE AYUDAS RECIBIDAS EN EL MARCO DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE CANARIAS Y OTRAS AYUDAS DE ESTADO POR CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES Y ENTIDADES EN ATRIBUCIÓN DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO CON PRESENCIA EN TERRITORIO ESPAÑOL)

Año 2020. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural: 282

Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

30-07-2021  Hasta el 30 de julio

IVA

  • Junio 2021: Autoliquidación: 303
  • Junio 2021: Grupo de entidades. modelo individual: 322
  • Junio 2021: Grupo de entidades, modelo agregado: 353

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