Préstamos Hipotecarios con IRPH

Cuando hablamos de cláusulas suelo debemos recordar que no todos los préstamos hipotecarios son los mismos y en consecuencia no todos los casos son iguales. Por ello, cuando una persona tiene una cláusula suelo es importante ahondar más en su escritura y ver las características de esta.

La mayoría de estas condiciones están incluidas en préstamos cuyos intereses están referenciados al índice de referencia más conocido en nuestro país que es el EURIBOR. Sin embargo, las entidades financieras pueden aplicar otros índices.

Hay otro índice al que se han visto sometidos otros muchos ciudadanos, aunque en menor medida, que es el IRPH, son las siglas de Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Éste es elaborado por los propios bancos en función de los préstamos que otorgan y aunque no es tan volátil como el Euribor, también varia.

Muchos ciudadanos, al evidenciar la diferencia existente actualmente entre los puntos del Euribor y el IRPH han comprobado las consecuencias desconocidas de la aplicación de estos y han interpuesto demandas solicitando la anulación del índice IRPH, también conocido como Tipo Medio de los Préstamos Hipotecarios a más de 3 años para adquisición de vivienda libre.

Hace menos de un mes, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en concreto el pasado 22 de noviembre de 2017, ha indicado que un préstamo hipotecario, solo por aplicarse el IRPH, no implica una falta de transparencia ni abuso respecto al consumidor, así lo dejo claro al estimar un recurso de casación interpuesto por Kutxabank contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava. Decisión muy comentada por afectados y contrarios a dicho índice.

Esta decisión indica que su aplicación no es abusiva, sin embargo, es importante recordar que podría serlo si se demuestra la falta de trasparencia, de información y de posibilidad de elegir otro índice sustitutivo, más beneficioso para el cliente. Por lo que, sigue en manos del consumidor probar que se han realizado prácticas impositivas, desleales, que la firma del préstamo estaba escasa de información aclaratoria y hubo una falta de ofrecimiento de otro índice más favorable.

Sin embargo, tal y como ha ocurrido en las cláusulas suelo, será el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el que probablemente dicte en el futuro una sentencia contundente y defina el camino en este tipo de procedimientos y en consecuencia el resto de Juzgados acaten la línea de ejecución.

Posterior a la sentencia de nuestro alto tribunal, se han dictado sentencias que anulan dicho índice IRPH, en concreto el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Marbella. Lo que supone, que hay juzgados que dan la razón al consumidor final.

De la misma manera que los préstamos con Euribor podían tener cláusulas suelo, los préstamos con IRPH también puede contener cláusulas suelo y a la par de estas, algunas de ellas han sido objeto de sentencias a favor del cliente.

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