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BREXIT: ¿En que situación se encuentran los ciudadanos británicos residentes en España?

¿Es necesario realizar algún trámite para regularizar su situación en España?

El pasado 31 de enero de 2020 se producía la salida de Reino Unido de la Unión Europea y, con ello, un sinfín de preguntas sobre las consecuencias que ello conllevará, no solo para los residentes de la Unión Europea en Reino Unido, sino también para aquellos británicos que residen en nuestro país.

Si bien, la salida del Reino Unido se producía el pasado 31 de enero, la Unión Europea y Reino Unido han firmado un “Acuerdo de Retirada” en virtud del cual se ha pactado un periodo transitorio que alarga la salida efectiva del Reino Unido, al menos en el ámbito de los derechos de los ciudadanos, hasta el 31 de diciembre de 2020.

No obstante, estos cambios nos llevan a plantearnos numerosas cuestiones en relación con los permisos de residencia en España, ¿tienen derecho a seguir residiendo en España los ciudadanos británicos? ¿es necesario realizar algún tipo gestión o trámite?

A priori, los ciudadanos británicos que tengan concedida la residencia en España con carácter previo a la salida de Reino Unido de la Unión Europea, continuarán manteniendo sus estatus de residente.

No obstante, si es necesario realizar alguna serie de cambios respecto a su documento de identificación antes del 31 de julio de 2021:

  • En el caso de ciudadanos británicos que lleven residiendo en España durante menos de cinco años bajo el régimen de ciudadanos de la Unión Europea, se les pasará a aplicar el régimen general de extranjería y deberán ser documentados en España como residentes.

Para ello, deberán sustituir su tarjeta verde de residencia por la correspondiente Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE). Dicha tarjeta tendrá una duración igual a la que reste para completar el periodo de los cinco años. De forma que, si el ciudadano obtuvo su tarjeta en enero de 2017, su nuevo TIE tendrá validez hasta enero de 2022.

Transcurrido ese plazo de cinco años, se podrá solicitar la tarjeta de residencia permanente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley de extranjería a tal efecto.

  • Los ciudadanos británicos que residen desde hace más de 5 años, además, de poder solicitar la residencia permanente por los cauces establecidos en la ley, deberán obtener su tarjeta de identidad de extranjeros.
El problema, sin embargo, se plantea respecto aquellos ciudadanos que no estarían registrados en el Registro de ciudadanos de la Unión Europea y, por tanto, no disponen de tarjeta de residencia.

En este caso, se habilitará una vía para que se pueda acceder al nuevo procedimiento establecido al efecto, siempre y cuando puedan acreditar, entre otros elementos, su condición de residente en España en la fecha de retirada (por ejemplo, a través de su certificado de empadronamiento).

Dichos ciudadanos dispondrán de un plazo (hasta el 31 de julio de 2020) para solicitar la correspondiente autorización de residencia, no obstante, su residencia seguirá siendo legal hasta esa fecha, aunque no lo puedan acreditar hasta que se le conceda la correspondiente autorización de residencia.

En cualquier caso, en el momento de solicitud de la tarjeta de identidad, como ya se ha indicado, se deberá demostrar desde que fecha se están viviendo en España (i.e. certificado de empadronamiento, contrato de alquiler, etc.).

Por tanto, mientras que a los ciudadanos británicos que tuvieran la residencia se le expedirá la TIE de forma automática, aquellos que no tuvieran la residencia legal, deberán demostrar que vivían en España antes del Brexit y, deberán solicitar, en un primer paso, la residencia y, una vez concedida, solicitar la correspondiente Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Pero y, ¿qué pasa con aquellos ciudadanos que no pueden demostrar que residían en España antes del Brexit o los que plantean cambiar de residencia a España tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea?

En este caso, dichos ciudadanos tendrán la consideración de ciudadanos de países terceros a la Unión Europea y, por tanto, se aplicarán las leyes propias del régimen general de extranjería, sin que tengan ningún tipo de privilegio.

A este respecto, hay que tener en consideración que podrán permanecer en España durante un periodo de 90 días dentro de un periodo de 180 días y si, una vez transcurrido ese periodo de 90 días, continúan en España, pasarán a tener la consideración de irregular.

Por tanto, si bien, pese a la salida del Reino Unido de la Unión Europea, se han establecido medidas para garantizar los derechos de los ciudadanos, una vez finalice el plazo del periodo transitorio, el sistema para obtener la residencia no será tan sencillo y flexible como hasta el momento, debiendo cumplir los distintos requisitos exigidos por la Ley según el tipo de residencia que se solicite.

Resumen
Título del post
BREXIT: ¿En que situación se encuentran los ciudadanos británicos residentes en España?
Descripción
la Unión Europea y Reino Unido han firmado un “Acuerdo de Retirada” en virtud del cual se ha pactado un periodo transitorio que alarga la salida efectiva del Reino Unido, al menos en el ámbito de los derechos de los ciudadanos, hasta el 31 de diciembre de 2020.
Autor
Editor
Ruiz Ballesteros
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