Tributario

Aplazamiento de VERI*FACTU: la entrada en vigor se retrasa un año, hasta 2027

El Consejo de Ministros aprobó el 2 de diciembre de 2025 el Real Decreto-ley 15/2025 por el que se aplaza un año la entrada en vigor de las obligaciones derivadas del llamado Reglamento VERI*FACTU (sistema de emisión de facturas verificable) y de los requisitos de los sistemas informáticos de facturación regulados en el Real Decreto 1007/2023.

Este Real Decreto-ley deberá ser convalidado por el Congreso de los Diputados en un plazo máximo de 30 días para mantenerse en vigor, por lo que, a día de hoy, el aplazamiento está aprobado pero pendiente de confirmación parlamentaria.

Nuevo calendario de implantación de VERI*FACTU

Hasta ahora, el calendario previsto de entrada en vigor era el siguiente:

  • 1 de enero de 2026: empresas obligadas al Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2026: resto de empresas y autónomos que utilicen sistemas informáticos de facturación.

Con la modificación aprobada, el nuevo calendario pasa a ser:

  • 1 de enero de 2027: empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027: resto de empresas y autónomos obligados a utilizar sistemas informáticos de facturación.

Es decir, se concede un año adicional de prórroga para la adaptación técnica a VERI*FACTU y al resto de requisitos del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación.

Qué dice la nueva norma

La disposición final cuarta del Real Decreto-ley establece que el Reglamento y el propio Real Decreto entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, pero fija nuevos plazos para la adaptación de los sistemas de facturación:

Los obligados tributarios a que se refiere el artículo 3.1.a) deberán tener adaptados los sistemas informáticos a las características y requisitos establecidos en este reglamento y en su normativa de desarrollo antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados tributarios mencionados en el artículo 3.1 deberán tener operativos los citados sistemas informáticos antes del 1 de julio de 2027.

Qué no ha cambiado

Aunque se retrasa la exigibilidad, las obligaciones no desaparecen. En concreto:

  • La obligación de adaptarse a VERI*FACTU y a los requisitos de los sistemas de facturación se mantiene; únicamente se pospone su entrada en vigor 12 meses.
  • El objetivo de la norma sigue siendo el mismo: garantizar la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación y luchar contra el software de “doble uso” y el fraude fiscal.

Por tanto, no se trata de una marcha atrás, sino de una ampliación de plazos.

Cómo le afecta este aplazamiento

En la práctica, este cambio implica para su empresa o actividad profesional:

  • Más tiempo para adaptarse: dispone de un año adicional para adaptar su programa de facturación actual o contratar un proveedor que cumpla con el Reglamento VERI*FACTU.
  • Las inversiones realizadas siguen siendo válidas: si ya ha iniciado cambios en su sistema de facturación, esos esfuerzos no se pierden. La adaptación seguirá siendo necesaria; simplemente los plazos para tener todo operativo se amplían hasta 2027.
  • La digitalización de la facturación continúa: la Agencia Tributaria mantiene su hoja de ruta hacia una facturación más digital, trazable y controlada. Por ello, es recomendable no detener los proyectos de adaptación y seguir planificándolos con tiempo.
  • Programas ya contratados siguen siendo útiles: si ya ha contratado un software de facturación adaptado o en proceso de adaptación a VERI*FACTU, puede seguir utilizándolo con normalidad y avanzar en la configuración, ya que será obligatorio en 2027.

Recomendaciones para empresas y autónomos

Aunque el calendario se retrase, es aconsejable:

  1. Revisar el estado actual de su sistema de facturación y detectar si será necesario actualizarlo o sustituirlo.
  2. Contactar con su proveedor de software para confirmar el plan de adaptación a VERI*FACTU y los plazos previstos.
  3. Planificar la implantación con margen para evitar prisas de última hora en 2027.
  4. Mantenerse informado de la convalidación del Real Decreto-ley 15/2025 en el Congreso y de posibles novedades normativas.
Resumen
Título del post
Aplazamiento de VERI*FACTU: la entrada en vigor se retrasa un año, hasta 2027
Descripción
Novedades Veri*factu: el Gobierno retrasa la exigencia a 2027, 1 de enero para sociedades y 1 de julio para el resto, sin alterar la obligación futura ni los requisitos técnicos.
Autor
Editor
Ruiz Ballesteros
Logo editor
Javier Ortega

Javier es Licenciado en Dirección y Administración de Empresas por la Universidad de Málaga, se especializó en el asesoramiento contable y fiscal trabajando en un despacho de reconocido prestigio durante más de 16 años, incorporándose a Ruiz Ballesteros en diciembre de 2017 tras la fusión por absorción de Carrillo Asesores por parte de Ruiz Ballesteros. Ha desarrollado su carrera como asesor interno de empresas y desde 2003 como asesor externo, realizando tareas propias de contabilidad, fiscalidad y derecho mercantil de empresas de sectores muy diversos. También se ha encargado de la contabilidad y la fiscalidad de las personas físicas, confeccionando declaraciones fiscales trimestrales de autónomos, así como declaraciones de renta, tanto de residentes como de no residentes. Su formación sigue siendo continua mediante el desarrollo de distintos cursos de especialización. Habla inglés y en la actualidad realiza labores de control de contabilidad y fiscalidad de grupos de empresas de clientes.

Entradas recientes

Newsletter nº 302 | 1 de febrero de 2026

¿Rechazar una herencia y aun así pagar impuestos? ¿Hacienda puede hacerte pagar una herencia que…

6 horas hace

¿Rechazar una herencia y aun así pagar impuestos? ¿Hacienda puede hacerte pagar una herencia que creías haber rechazado?

Cuando una persona fallece, sus herederos tienen un derecho muy concreto: aceptar o repudiar (renunciar)…

5 días hace

¿Sabías que hay una nueva obligación informativa para alquileres de corta duración? Los propietarios deberán presentar un modelo anual (primer plazo: febrero 2026)

Si eres propietario de una vivienda destinada al alquiler turístico o temporal, conviene que estés…

1 semana hace

Disolución y liquidación con adjudicación de bienes: ¿En qué ejercicio tributa la renta imponible en el impuesto sobre sociedades?

En las liquidaciones de empresas en las que existen inmuebles y estos se reparte, pueden…

2 semanas hace

Onda Cero Radio Málaga: El accidente de Adamuz va a tener consecuencias económicas de gran magnitud

Nuestro socio director, Jesús Ruiz Ballesteros, ha sido entrevistado en el programa Más de Uno…

2 semanas hace

Newsletter nº 301 | 15 de enero de 2026

El Tributo 3: Phishing bancario Hoy en El Tributo hablamos de un enemigo silencioso que…

2 semanas hace