Mercantil

¿Qué es una sociedad “holding” o “grupo de empresas”?

Cada vez es más frecuente oír hablar en el mundo de la pequeña y mediana empresa de las sociedades “holding”. No es un término ya reservado para las grandes multinacionales, sino que se ha convertido en un habitual dentro del mundo empresarial de las PYMES.

Pero ¿qué es un holding o grupo de sociedades?

La regulación de este tipo de sociedades la encontramos en el art. 42 del Código de Comercio, según el cual:

Existe un grupo cuando una sociedad ostente o pueda ostentar, directa o indirectamente, el control de otra u otras.

¿Cuándo se considera que una empresa tiene el control de otra?

Según el art. 42 Ccom., cuando:

  • Posea la mayoría de los derechos de voto.
  • Tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
  • Pueda disponer, en virtud de acuerdos celebrados con terceros, de la mayoría de los derechos de voto.
  • Haya designado con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de administración, que desempeñen su cargo en el momento en que deban formularse las cuentas consolidadas y durante los dos ejercicios inmediatamente anteriores.

Una de las características de la sociedad holding es que es una sociedad cuya actividad principal es la de poseer las participaciones de otras sociedades, no tiene una actividad productiva concreta. El término proviene de la palabra inglés “hold” que significa “tener”, es decir, se trata de una sociedad tenedora de participaciones de otras sociedades. Son las sociedades que “cuelgan” de ella las que desarrollan la actividad empresarial a que se dedique cada una de ellas.

Por tanto, se trata de crear una sociedad que controle y gestione al resto de sociedades del grupo que sí desarrollarán una actividad empresarial concreta e independiente.

La sociedad holding que dirige el grupo de empresas también es conocida como sociedad matriz, siendo el esquema básico del grupo el siguiente:

La creación de una holding presenta importantes ventajas, tanto en el devenir organizativo de la empresa como a efectos fiscales. Sobre estos últimos recomendamos la lectura de nuestro anterior post que pueden consultar en el siguiente enlace: La transmisión de las participaciones de una holding.

Ventajas de una sociedad holding

A efectos de la organización de nuestra propia empresa, las principales ventajas que presenta la constitución de una holding pueden sintetizarse en las siguientes:

  • Se ofrece una imagen más sólida y de carácter más empresarial tanto a nuestros clientes como a los proveedores, incluso nos puede ayudar a conseguir una posición más fuerte entre nuestros competidores.
  • Se acota y disminuye el riesgo económico, delimitando así las responsabilidades sociales y corporativas de cada una de las sociedades que conforman el grupo.
  • Por último, uno de los mayores beneficios existentes para la empresa holding es la compensación de pérdidas entre las distintas sociedades del grupo derivadas de las actividades que ejercen cada una de ellas.
  • Poder financiar la apertura de nuevas sociedades con la unión de los beneficios de todas las que desarrollan su actividad empresarial, evitando o reduciendo al máximo los costes en el traspaso de fondos de unas a otras, a través de distintas operaciones mercantiles.

En definitiva, si estamos operando en el tráfico jurídico y mercantil a través de otro tipo de estructura societaria o con una mera sociedad, quizás sería el momento de plantearse la constitución de una Holding o grupo de empresas para optimizar así la gestión y rentabilidad de nuestras empresas y nuevas inversiones.

Resumen
Título del post
¿Qué es una sociedad “holding” o “grupo de empresas”?
Descripción
Existe un grupo cuando una sociedad ostente o pueda ostentar, directa o indirectamente, el control de otra u otras.
Autor
Editor
Ruiz Ballesteros
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