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Newsletter nº 88 | 1 de marzo de 2017

Gastos de Hipoteca

La Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2015 abre las puertas a que los clientes puedan reclamar a su entidad financiera para que ésta les devuelva los gastos que indebidamente soportaron en el momento de la firma de un préstamo hipotecario.

Así, en el momento de la firma de este tipo de contratos, por lo general, nos encontramos con dos tipos de gastos; por un lado, los asociados a la compraventa del inmueble y, por otro, los relacionados con la HIPOTECA, que es la constitución del derecho real de garantía. Pues bien, son, precisamente, estos gastos derivados de la formalización de la hipoteca los que nuestro Tribunal Supremo considera que deberán ser resarcidos por las entidades a sus clientes.

El Tribunal afirma que los clientes indebidamente hicieron frente a estos gastos, al encontrarse inserta en sus contratos una cláusula que, a ojos de la normativa de protección de consumidores y usuarios, es considerada nula, por abusiva, puesto que impone al consumidor el pago de gastos en los que el sujeto pasivo y obligado al pago es el prestamista, pero nunca el cliente consumidor, puesto que es la entidad financiera quien se beneficia de la hipoteca y su inscripción en el registro.

Quiero reclamar mis gastos de hipoteca

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Anulación de la Plusvalía Municipal cuando hay pérdidas

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), también conocido como “Plusvalía Municipal”, es una de las principales vías de ingresos de los Ayuntamientos españoles junto con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

La plusvalía municipal se regula en el artículo 104 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Dicha ley señala que el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimentan dichos terrenos y se pone de manifiesto como consecuencia de la transmisión de la propiedad de los mismos.

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El Constitucional anula el impuesto de plusvalía municipal

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado el impuesto municipal sobre las plusvalías, que en teoría grava la revalorización de los inmuebles cuando son vendidos pero en la práctica es abonado siempre, aunque hayan perdido valor.

La resolución, de la que ha sido ponente la Vicepresidenta del Tribunal, Adela Asua, determina que “en ningún caso podrá el legislador establecer un tributo tomando en consideración actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial”.

Es decir, para el Constitucional no es legal imponer un impuesto cuando no se ha producido una ganancia económica.

Agencia EFE, 17/02/2017 Seguir leyendo ══►

Los alcaldes urgen la reforma del impuesto de la plusvalía

El presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), Abel Caballero, anunció ayer que solicitará una reunión con el Gobierno para modificar el conocido como impuesto de las plusvalías municipales. Caballero tomó esta decisión después de la sentencia del Tribunal Constitucional varios artículos de la norma en Guipúzcoa porque entiende que va contra el principio de capacidad económica tributar por este impuesto cuando la venta del inmueble se ha realizado con pérdidas. La FEMP está “estudiando a fondo” la sentencia porque, según explicó su presidente, lo declarado inconstitucional no es el impuesto sino la fórmula para su cálculo, por lo que “el Legislativo es el que tiene que decidir”. Según recordó, la FEMP ya advirtió en diversas ocasiones al Gobierno sobre esta cuestión y fue incluido en las resoluciones de su XI Pleno en 2015.

Expansión24/02/2017 Seguir leyendo ══►

 

Calendario general del contribuyente Marzo - Abril 2017

Haga clic en las fechas para desplegar el texto del evento.

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Febrero 2017. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230

IVA

  • Febrero 2017. Autoliquidación: 303
  • Febrero 2017. Grupo de entidades, modelo individual: 322
  • Febrero 2017. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: 340
  • Febrero 2017. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Febrero 2017. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
  • Febrero 2017. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Febrero 2017: 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Diciembre 2016. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Diciembre 2016. Grandes empresas: 561, 562, 563
  • Febrero 2017: 548, 566, 581
  • Febrero 2017: 570, 580

Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

  • Febrero 2017. Grandes empresas: 560

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

  • Año 2016. Declaración recapitulativa de operaciones con gases fluorados de efecto invernadero: 586

DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE IMPOSICIONES, DISPOSICIONES DE FONDOS Y DE LOS COBROS DE CUALQUIER DOCUMENTO

  • Año 2016: 171

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE VALORES, SEGUROS Y RENTAS

  • Año 2016: 189

DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE CLIENTES PERCEPTORES DE BENEFICIOS DISTRIBUIDOS POR INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA ESPAÑOLAS, ASÍ COMO DE AQUELLOS POR CUENTA DE LOS CUALES LA ENTIDAD COMERCIALIZADORA HAYA EFECTUADO REEMBOLSOS O TRANSMISIONES DE ACCIONES O PARTICIPACIONES

  • Año 2016: 294

DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE CLIENTES CON POSICIÓN INVERSORA EN INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA ESPAÑOLAS, REFERIDA A FECHA 31 DE DICIEMBRE DEL EJERCICIO, EN LOS SUPUESTOS DE COMERCIALIZACIÓN TRANSFRONTERIZA DE ACCIONES O PARTICIPACIONES EN INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA ESPAÑOLAS

  • Año 2016: 295

IMPUESTO SOBRE HIDROCARBUROS

  • Año 2016. Relación anual de destinatarios de productos de la tarifa segunda: 512
  • Año 2016. Relación anual de kilómetros realizados

DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO

  • Año 2016: 720

RENTA Y PATRIMONIO

  • Presentación por Internet del borrador de Renta y de las declaraciones de Renta 2016 y Patrimonio 2016
    Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta hasta el 26 de junio

 

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Marzo 2017. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
  • Primer trimestre 2017: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136

Pagos fraccionados Renta

  • Primer trimestre 2017:
    • Estimación directa: 130
    • Estimación objetiva: 131

Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes

  • Ejercicio en curso:
    • Régimen general: 202
    • Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales): 222

IVA

  • Marzo 2017. Autoliquidación: 303
  • Marzo 2017. Grupo de entidades, modelo individual: 322
  • Marzo 2017. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: 340
  • Marzo 2017. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Marzo 2017. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
  • Marzo 2017. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
  • Primer trimestre 2017. Autoliquidación: 303
  • Primer trimestre 2017. Declaración-liquidación no periódica: 309
  • Primer trimestre 2017. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Primer trimestre 2017. Servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos en el IVA. Autoliquidación: 368
  • Primer trimestre 2017. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
  • Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales: 308
  • Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: 341

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Marzo 2017: 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Enero 2017. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Enero 2017. Grandes empresas: 561, 562, 563
  • Marzo 2017: 548, 566, 581
  • Marzo 2017: 570, 580
  • Primer trimestre 2017: 521, 522, 547
  • Primer trimestre 2017. Actividades V1, V2, V7, F1, F2: 553
  • Primer trimestre 2017: 582
  • Primer trimestre 2017. Solicitudes de devolución: 506, 507, 508, 524, 572

Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

  • Marzo 2017. Grandes empresas: 560
  • Primer trimestre 2017. Excepto grandes empresas: 560
  • Año 2016. Autoliquidación anual: 560

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

  • Primer trimestre 2017. Pago fraccionado: 585
  • Año 2016. autoliquidación anual: 589

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL CARBÓN

  • Primer trimestre 2017: 595
Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales

En RUIZ BALLESTEROS Abogados y Asesores Fiscales se integra un equipo de economistas y abogados, que además de ser licenciados, son Máster en Tributación (Asesoría Fiscal) por las mejores escuelas de negocios de España, lo que nos permite ofrecer una verdadera especialización y una planificación fiscal que optimiza el coste de las operaciones en las que la Firma Asesora. Nuestros abogados y economistas son especialistas en el ámbito financiero-contable y tributario,para gestionar o ayudar a solventar los problemas relacionados con el derecho empresarial.

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Eliminación de la Golden Visa: ¿Realmente frena la especulación la eliminación de la Golden Visa?…

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