Tributario

Opción tributaria Versus derecho en la reinversión por vivienda habitual

A la hora de vender la vivienda habitual del contribuyente, es común que se le generen dudas acerca del tratamiento fiscal de la exención por reinversión en vivienda habitual o que, simplemente lo desconozca y se entere con posterioridad.

Este beneficio fiscal, permite al contribuyente no tributar por la ganancia patrimonial obtenida en la venta de su vivienda habitual, siempre que destine el dinero cobrado en la venta de la vivienda habitual a la adquisición de una nueva vivienda habitual.

Esta cuestión ha sido objeto de diversas interpretaciones por parte de la Administración Tributaria cuando el contribuyente, al presentar su declaración de la Renta, se le olvida o desconoce que pueda aplicar dicha exención. El análisis de la naturaleza de la reinversión, si se entiende como una opción tributaria, o como un derecho del contribuyente, resulta fundamental para determinar cuándo y cómo puede aplicarse este beneficio fiscal.

Diferencias entre opción y derecho

El primer punto a tener en cuenta es la diferencia conceptual entre lo que es la opción tributaria y el derecho. En términos generales, una opción tributaria es aquella elección que el contribuyente debe realizar en el momento de presentar la autoliquidación, es decir, se trata de una decisión que, una vez tomada, no puede modificarse posteriormente. Sin embargo, cuando hablamos de un derecho, nos referimos a la facultad que el contribuyente posee y que puede ejercitar, incluso de manera posterior a la declaración inicial, siempre que se den las condiciones y requisitos que establece la normativa tributaria.

En el contexto de la exención por reinversión, la cuestión gira en torno a si el contribuyente puede rectificar su declaración de la Renta para aplicar el beneficio en un momento posterior o si, por el mero hecho de presentarla sin la exención, se pierde la posibilidad (el derecho) de acogerse al mismo. La diferencia es importante, ya que, si se considerase la aplicación de esta exención como una mera opción, el contribuyente tendría que decidir de forma definitiva y sin posibilidad de cambio a posteriori en el momento de la presentación de la declaración de la Renta. Por el contrario, si se entiende como un derecho, se abre la posibilidad de corregir o modificar la declaración de la Renta posteriormente, lo que ofrece mayor seguridad para ajustar la situación fiscal a la realidad económica del contribuyente.

Implicaciones fiscales

El hecho de reconocer la exención por reinversión como un derecho tiene importantes implicaciones para el contribuyente. En primer lugar, le permite poder rectificar sus declaraciones en el caso de que, inicialmente, no se haya aplicado dicho beneficio fiscal pudiendo haberlo hecho. Esta capacidad de rectificación se traduce en la posibilidad de corregir omisiones o errores en la declaración de la Renta, eso sí, siempre y cuando se cumpla con los requisitos exigidos para ello.

Por otro lado, el hecho de considerar la exención como un derecho, tal y como resuelve el TEAC en reciente resolución 00/06769/2024/00/00, al unificar criterio, fortalece la seguridad jurídica del contribuyente. Al no obligarse este a una elección definitiva en el momento de presentar su declaración de la Renta, se evita la pérdida de un beneficio fiscal al que realmente puede tener derecho si se cumplen las condiciones para ello.

Es importante tener en cuenta que, aunque se pueda rectificar la declaración de la Renta con posterioridad, esta opción debe ejercerse en el marco de lo establecido en la normativa fiscal, pues existen plazos para solicitar la rectificación de la declaración de la Renta. Además, es importante contar con toda la documentación que justifique que se cumplen con los requisitos para aplicar la deducción por reinversión en otra vivienda habitual, ya que la Administración Tributaria requerirá, con toda probabilidad, pruebas claras y precisas para aceptar la modificación de la declaración de la Renta.

En este sentido, desde Ruiz Ballesteros recomendamos que el contribuyente que no haya aplicado inicialmente la exención, y crea que tiene derecho, se asesore previamente con un profesional especializado.

Resumen
Título del post
Opción tributaria Versus derecho en la reinversión por vivienda habitual
Descripción
Descubre si la exención por reinversión en vivienda habitual es un derecho o una opción tributaria. Aprende cómo corregir tu declaración de la Renta y proteger tus beneficios fiscales.
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Ruiz Ballesteros
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Javier Ortega

Javier es Licenciado en Dirección y Administración de Empresas por la Universidad de Málaga, se especializó en el asesoramiento contable y fiscal trabajando en un despacho de reconocido prestigio durante más de 16 años, incorporándose a Ruiz Ballesteros en diciembre de 2017 tras la fusión por absorción de Carrillo Asesores por parte de Ruiz Ballesteros. Ha desarrollado su carrera como asesor interno de empresas y desde 2003 como asesor externo, realizando tareas propias de contabilidad, fiscalidad y derecho mercantil de empresas de sectores muy diversos. También se ha encargado de la contabilidad y la fiscalidad de las personas físicas, confeccionando declaraciones fiscales trimestrales de autónomos, así como declaraciones de renta, tanto de residentes como de no residentes. Su formación sigue siendo continua mediante el desarrollo de distintos cursos de especialización. Habla inglés y en la actualidad realiza labores de control de contabilidad y fiscalidad de grupos de empresas de clientes.

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