Inmobiliario

¿Te han estafado alguna vez al alquilar una vivienda por internet?

Las ofertas falsas de pisos en alquiler por internet son una estafa agravada cuando afectan a viviendas habituales

En los últimos años, en muchas zonas de España, sobre todo en aquellas de especial tensión en el mercado de alquiler, se ha incrementado el número de personas que, ante la urgencia de encontrar una vivienda, han sido víctimas de engaños sofisticados a través de internet.

El contexto de un mercado inmobiliario tensionado y con precios en alza genera un caldo de cultivo ideal para este tipo de delitos. Las prisas, la necesidad y la confianza depositada en canales digitales amplifican el riesgo y muchas personas terminan no solo perdiendo su dinero, sino también sufriendo un importante perjuicio emocional y moral.

Anuncios falsos, identidades usurpadas y supuestos propietarios que jamás existieron son parte del patrón de un delito que el Tribunal Supremo tipifica como estafa agravada.

Un engaño basado en la necesidad de vivienda y la tensión del mercado de alquiler.

El delito de estafa está regulado en el artículo 248 del Código Penal, definiéndose como el acto de inducir, con ánimo de lucro y mediante engaño, a otra persona a realizar un acto de disposición patrimonial en perjuicio propio o de terceros.

Ahora bien, cuando el bien defraudado es una vivienda habitual, un bien de primera necesidad, se configura el tipo agravado, recogido en el artículo 250.1 del Código Penal, con penas de prisión superiores y sanciones económicas adicionales.

El modus operandi más habitual consiste en copiar anuncios legítimos, suplantar la identidad del propietario y ofrecer el inmueble a un precio más bajo, exigiendo un pago por adelantado como señal o fianza. En muchos casos, incluso se utilizan documentos de identidad robados o falsificados para reforzar el engaño.

En su Sentencia 624/2024, el Tribunal Supremo ratificó una condena por estafa agravada en un caso de oferta falsa de alquiler de vivienda por internet, en la que la víctima transfirió dinero, en este caso 750 euros, creyendo que alquilaba un piso que en realidad no existía. La decisión del alto Tribunal refuerza la protección penal del derecho a la vivienda como bien de primera necesidad.

¿Qué dice la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo?

La sentencia del Supremo no deja lugar a dudas, ofrecer en internet una vivienda que no se posee, con intención de obtener un beneficio económico, constituye una estafa agravada cuando el inmueble se destina a residencia habitual.

El Tribunal Supremo ha subrayado que la vivienda habitual, por su función social y su necesidad esencial para el desarrollo de una vida digna, constituye uno de estos bienes especialmente protegidos. La resolución indica literalmente:

“La conducta de la recurrente integra una estafa agravada, reprochable penalmente por el aprovechamiento de la necesidad de vivienda que existe en los ciudadanos”.

La sentencia destaca que el uso de internet como canal para cometer el delito es un factor agravante, al permitir una difusión masiva del engaño, aumentando así las posibilidades de captar víctimas, especialmente en un contexto de mercado inmobiliario tensionado.

El Supremo llama la atención sobre la especial vulnerabilidad de las víctimas, que suelen encontrarse en situaciones urgentes o precarias, lo que las lleva a confiar en exceso en las ofertas y reducir sus medidas de autoprotección. Como consecuencia, no solo sufren una pérdida económica, sino también un fuerte impacto moral y psicológico al ver frustrada su expectativa de obtener una vivienda. La Sentencia añade:

“El perjuicio no es solo económico, sino también psicológico, al perder la oportunidad de acceder a una vivienda y verse obligados a iniciar de nuevo la búsqueda”.

¿Cómo actuar si has sido víctima de una estafa inmobiliaria?

Si sospechas que has sido víctima de un anuncio fraudulento, no firmes, no transfieras dinero y contacta de inmediato con un abogado. Podemos ayudarte a denunciar el caso ante las autoridades y a emprender las acciones legales correspondientes.

No olvidemos que el acceso a una vivienda digna no puede convertirse en un escenario propicio para el delito.

Resumen
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¿Te han estafado alguna vez al alquilar una vivienda por internet?
Descripción
El Tribunal Supremo considera estafa agravada las ofertas falsas de alquiler por internet cuando afectan a viviendas habituales, reforzando la protección penal del derecho a una vivienda digna.
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Ruiz Ballesteros
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Pilar Gomar

Pilar estudió la Licenciatura de Derecho y Diplomatura en Ciencias Empresariales en la Universidad de Cádiz. Realizó el Máster de asesoría jurídica de empresas por la Universidad Europea de Madrid, donde adquirió amplios conocimientos, con especialidad en inteligencia artificial aplicada a las empresas y a las personas en las que influye la misma, así como deontología y herramientas de comunicación estratégica de las empresas. Preparó Oposiciones a la Carrera Judicial para la categoría de Jueza durante 6 años, tras las cuales comenzó su andadura profesional en un despacho de abogados de reconocido prestigio en Madrid, donde trabajó en el área procesal, bancaria, administrativa y contencioso-administrativo, adquiriendo gran experiencia en estas ramas. Realizando especialmente asesoramiento a los consumidores, pequeños empresarios y autónomos en sus procedimientos frente a la banca y contra la Administración. Se incorporó al departamento jurídico de Ruiz Ballesteros en diciembre de 2023.

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