La nueva Ley de Vivienda ha sido publicada el 25 de mayo de 2023. Los nuevos cambios influyen en todos los ciudadanos de manera directa o indirecta. Su entrada en vigor después de muchas idas y venidas, y después de muchos debates supone para algunos un avance y para otros una coartada de libertades. Algunas de las novedades más importantes de esta ley son las siguientes:
Se acuerda que los honorarios por intermediación en los alquileres de inmuebles sean abonados siempre por el propietario y así cesar con la práctica habitual de exigirle el cobro al inquilino. También se establece como obligatorio a partir de este momento que, los abonos de las mensualidades se realicen por transferencia bancaria, evitando los cobros en efectivo. Lo que cierra aún más el circulo de los movimientos de dinero fuera del ámbito bancario.
Se establece una definición de gran tenedor y se considera como tal a aquella persona (física o jurídica) propietaria de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o bien, propietaria de una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial. Se excluyen de esta consideración los garajes y los trasteros. La definición puede ser modificada por la comunidad autónoma y sustituirla por “propietario de más de cinco inmuebles”, cuando así sea motivado por la administración competente.
Se creará una base de datos de contratos de arrendamiento de vivienda. Este registro se formará con información de los registros de fianzas, registros de la propiedad y otras fuentes de información de ámbito estatal, autonómico o local, lo que permitirá a la administración tener aún más información de los alquileres y pagos.
Las administraciones competentes podrán declarar en materia de vivienda “zonas de mercado residencial tensionado”, aquellas áreas en las que exista un especial riesgo de oferta de vivienda insuficiente. La duración de esta declaración será de 3 años, pudiendo prorrogarse anualmente. La declaración de una “zona de mercado residencial tensionado” requerirá la elaboración de una memoria justificativa, indicando que se produce alguna de las siguientes circunstancias:
El Instituto Nacional de Estadística definirá, antes del 31 de diciembre de 2024, un índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda que se fijará como límite de referencia, con el objetivo de evitar incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento.
Las diferentes administraciones, cruzando sus datos, podrán comprobar el uso y destino de las viviendas en todo su ámbito territorial. Esta recopilación de información tiene como fin especialmente el análisis de las viviendas desocupadas.
Los Ayuntamientos podrán imponer un recargo de hasta el 50% de la cuota del IBI, a los inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente.
Se considerarán bienes inmuebles desocupados con carácter permanente aquellos que permanezcan desocupados, de forma continuada y sin causa justificada, por un plazo superior a dos años, y pertenezcan a titulares de cuatro o más inmuebles de uso residencial, además de otros requisitos añadidos que puedan incluir las ordenanzas municipales.
El recargo que podrán imponer los Ayuntamientos podrá ser de hasta el 100% cuando el periodo de desocupación sea superior a tres años. Incluso podrán aumentar dicho recargo en un 50% más en caso de inmuebles pertenecientes a titulares de dos o más inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados en el mismo término municipal.
Se conceden los siguientes beneficios fiscales a los propietarios de inmuebles que se puedan incluir en alguna de estas situaciones:
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Entonces, para la mayoría de los propietarios, se trata de una subida de impuestos (+20%), verdad?
Estimado Juan,
Muchas gracias por ponerse en contacto con nosotros.
La subida de impuestos dependerá de su situación en concreto porque hay diferentes posibles escenarios. Por ejemplo, puede existir un recargo en la cuota del IBI si tiene inmuebles desocupados y cumple además otros requisitos. Si nos indica su situación podemos ofrecerle un presupuesto para resolver su consulta.
Quedamos a la espera de sus noticias.