Mercantil

Tipos de escisión (parte II): escisión financiera

La escisión societaria, aspectos mercantiles y tributarios

Una vez analizadas en nuestro artículo anterior, Tipos de escisión (parte I), que podéis leer pinchando en este enlace, las figuras de la escisión total y parcial desde el punto de vista mercantil y tributario, pasamos a revisar la escisión financiera:

3. Escisión financiera

La escisión financiera viene recogida exclusivamente en la Ley del Impuesto sobre Sociedades (en adelante, LIS), en su artículo 76.2.1º c), y puede definirse como aquella operación de reestructuración empresarial por la que una entidad segrega parte de su patrimonio, constituida por participaciones que le confieran la mayoría en el capital social de otra entidad, y las transmite a otra entidad adquirente, que puede ser preexistente o de nueva creación. A cambio, los socios de la sociedad transmitente recibirán valores representativos de la sociedad adquirente en proporción a sus respectivas participaciones, reduciendo el capital social y las reservas en la cuantía necesaria y, en su caso, una compensación en dinero que no exceda del 10% del valor nominal o, a falta de valor nominal, de un valor equivalente al nominal de dichos valores deducido de su contabilidad.

Es importante tener en cuenta que la sociedad segregada o transmitente habrá de mantener en su patrimonio participaciones de iguales características a las transmitidas, o bien, una rama de actividad.

Este tipo de escisión es considerada como una especialidad de la escisión parcial, por lo que, en relación con el artículo 70 de la Ley de Modificaciones Estructurales, concluimos que el patrimonio traspasado habrá de constituir unidad económica. En este sentido se ha pronunciado la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Publica afirmando que “La escisión financiera es una especialidad de la escisión parcial y consiste en que se considera una unidad económica un conjunto de acciones o participaciones en el capital de otras entidades que confieran la mayoría del capital social en estas”, y además, afirma que “un conjunto de acciones o participaciones, a mayores si representan el control (o como ocurre en el presente supuesto el 100% del capital social) son y deben ser considerado desde cualquier perspectiva económica como tal unidad económica”.

Mostramos gráficamente un ejemplo de escisión financiera:

Resulta especialmente interesante el caso particular que aborda la ya mencionada resolución de la DGSJFP, en el que una sociedad se escinde parcialmente mediante trasmisión en bloque y por sucesión universal en favor de otra, de la que participa íntegramente, de una unidad económica consistente en la totalidad de las participaciones del capital de la propia sociedad beneficiaria. Seguidamente, la sociedad escindida compensa a sus socios mediante el reparto entre ellos de esas mismas participaciones a través de una reducción de capital.

La Dirección General acuerda estimar el recurso y revocar la calificación impugnada, pues afirma que se cumple el criterio de quedar debidamente justificado el motivo económico, que consiste en la reestructuración del grupo societario familiar y separación del negocio inmobiliario que se desarrolla mediante la sociedad beneficiaria y que, además, se salvaguardan los derechos de los socios, trabajadores y eventuales acreedores. Además, contra el criterio seguido por el Registrador Mercantil, concluye que la falta de alteración en el patrimonio de la sociedad beneficiaria no supone un presupuesto esencial en las escisiones, y menos aún que por ello se carezca de causa lícita y verdadera.

En la tercera parte de este artículo pasaremos a analizar la segregación y filialización.

Resumen
Título del post
Tipos de escisión (parte II): escisión financiera
Descripción
La escisión financiera es una especialidad de la escisión parcial en la que una entidad segrega parte de su patrimonio y lo transmite a otra entidad. Este proceso implica una reestructuración empresarial, manteniendo en su patrimonio participaciones similares a las transmitidas o una rama de actividad.
Autor
Editor
Ruiz Ballesteros
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