La compra de empresas es una operación muy habitual en el tráfico jurídico, se da bastante para acelerar el crecimiento de los grupos de sociedades, a veces para posicionarse en una plaza, para reducir competencia o simplemente para aumentar cuota de mercado.
Pues bien, en cualquier caso, los primeros pasos son siempre los mismos, con algunas variaciones según sectores o necesidades, pero lo normal es que, en primer lugar, las partes acuerden firmar un contrato de confidencialidad o NDA por sus siglas en inglés (Non Distribution Agreement).
Una vez que se acuerda no hacer públicas las negociaciones se intercambia una multitud de información y documentación para realizar lo que llamamos “due diligence (DD)” o diligencia debida.
La DD consiste en realizar una revisión de todas las áreas de la empresa que se vende, estas serían:
Veamos las razones más habituales:
Téngase en cuenta que, cuando se compra una empresa se adquieren las participaciones de la misma y normalmente la nueva propiedad nombrará al que será administrador o consejo de administración, por lo que tendrá nuevos responsables que deberán asumir las obligaciones generadas y ya asumidas por la empresa hasta la fecha.
En este apartado se suelen revisar al menos los cuatro últimos años, puesto que la prescripción tributaria es de 4 ejercicios fiscales, de tal forma que se debe revisar que no nos encontremos con posibles inspecciones de Hacienda que deriven en liquidaciones complementarias, ya sea por declaraciones fiscales recurrentes (IVA, IRPF o Sociedades), o bien por operaciones puntuales que se hayan realizado en los últimos 4 ejercicios, como compraventa de inmuebles, opciones de compra o cualquier otra operación con consecuencias fiscales. Podríamos encontrarnos, por ejemplo, con una declaración trimestral de IVA incorrecta o con facturas de ingresos no incluidas, por lo que los nuevos propietarios tendrían que asumir las consecuencias.
En esta área podrían tener que asumirse despidos de empleados, o contratos y antigüedades que no se desean, por lo que habría que revisar posibles renovaciones, el diagrama de personal o la posible continuidad de empresa si estamos comprando más de una sociedad. Asimismo, podríamos encontrarnos con derechos adquiridos o un convenio propio.
En este apartado es importante revisar la existencia de licencias con los entes locales (ayuntamientos), de comunidades autónomas o estatales, dependiendo del tipo de actividad y sector podríamos necesitar alguna licencia más o menos compleja, no es lo mismo comprar una empresa que produzca comida perecedera, por lo que necesitaremos autorización sanitaria, o que produzca algún tipo de producto químico que requiera licencias especiales de sus instalaciones.
Podríamos encontrarnos estructuras societarias a revisar, o unas operaciones realizadas con empresas vinculadas, como préstamos o financiación en general de los propios socios, deudas con otras empresas del grupo o con los administradores, pues podrían no cobrarse nunca y suponer un gasto no deducible, o bien no tener que devolver algún préstamo y suponer un ingreso extraordinario por el que debería pagarse impuesto sobre sociedades, entre otras muchas cosas.
A su vez, podríamos tener contratos firmados con proveedores y clientes que nos obligasen a cumplir ciertos compromisos adquiridos que supongan desembolsos económicos o obligaciones de hacer que supongan gastos e impedimentos importantes.
Habrá de tenerse presente cualquier procedimiento judicial que pueda estar abierto pendiente de Sentencia, lo que supondría una contingencia a expensas de la misma.
Del resultado de todo este estudio dependerá el precio final a abonar por la empresa, o podrá aplazarse el pago de una parte, o incluso podríamos tener algún impedimento para la firma de la compraventa, o la obligación de pedir permiso a un tercero que por contrato deba ser informado previamente, esto suele ocurrir en algunos contratos de financiación o de operaciones realizadas con precio aplazado.
Es evidente que cuando se va a comprar una empresa, antes de realizar la operación se hace imprescindible estudiar en profundidad la misma, de esta forma se evitan sorpresas posteriores o incluso, se puede decidir no comprar la empresa y no realizar la inversión, o bien realizarla con salvedades o condiciones.
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