Mercantil

Compraventa de empresa (1): Due Diligence

La compra de empresas es una operación muy habitual en el tráfico jurídico, se da bastante para acelerar el crecimiento de los grupos de sociedades, a veces para posicionarse en una plaza, para reducir competencia o simplemente para aumentar cuota de mercado.

Pues bien, en cualquier caso, los primeros pasos son siempre los mismos, con algunas variaciones según sectores o necesidades, pero lo normal es que, en primer lugar, las partes acuerden firmar un contrato de confidencialidad o NDA por sus siglas en inglés (Non Distribution Agreement).

Una vez que se acuerda no hacer públicas las negociaciones se intercambia una multitud de información y documentación para realizar lo que llamamos “due diligence (DD)” o diligencia debida.

La DD consiste en realizar una revisión de todas las áreas de la empresa que se vende, estas serían:

  • Fiscal
  • Laboral
  • Administrativa
  • Mercantil y Financiera
  • Jurídica

¿Por qué se deben realizar todas las áreas?

Veamos las razones más habituales:

Téngase en cuenta que, cuando se compra una empresa se adquieren las participaciones de la misma y normalmente la nueva propiedad nombrará al que será administrador o consejo de administración, por lo que tendrá nuevos responsables que deberán asumir las obligaciones generadas y ya asumidas por la empresa hasta la fecha.

Fiscal

En este apartado se suelen revisar al menos los cuatro últimos años, puesto que la prescripción tributaria es de 4 ejercicios fiscales, de tal forma que se debe revisar que no nos encontremos con posibles inspecciones de Hacienda que deriven en liquidaciones complementarias, ya sea por declaraciones fiscales recurrentes (IVA, IRPF o Sociedades), o bien por operaciones puntuales que se hayan realizado en los últimos 4 ejercicios, como compraventa de inmuebles, opciones de compra o cualquier otra operación con consecuencias fiscales. Podríamos encontrarnos, por ejemplo, con una declaración trimestral de IVA incorrecta o con facturas de ingresos no incluidas, por lo que los nuevos propietarios tendrían que asumir las consecuencias.

Laboral

En esta área podrían tener que asumirse despidos de empleados, o contratos y antigüedades que no se desean, por lo que habría que revisar posibles renovaciones, el diagrama de personal o la posible continuidad de empresa si estamos comprando más de una sociedad. Asimismo, podríamos encontrarnos con derechos adquiridos o un convenio propio.

Administrativa

En este apartado es importante revisar la existencia de licencias con los entes locales (ayuntamientos), de comunidades autónomas o estatales, dependiendo del tipo de actividad y sector podríamos necesitar alguna licencia más o menos compleja, no es lo mismo comprar una empresa que produzca comida perecedera, por lo que necesitaremos autorización sanitaria, o que produzca algún tipo de producto químico que requiera licencias especiales de sus instalaciones.

Mercantil y Financiera

Podríamos encontrarnos estructuras societarias a revisar, o unas operaciones realizadas con empresas vinculadas, como préstamos o financiación en general de los propios socios, deudas con otras empresas del grupo o con los administradores, pues podrían no cobrarse nunca y suponer un gasto no deducible, o bien no tener que devolver algún préstamo y suponer un ingreso extraordinario por el que debería pagarse impuesto sobre sociedades, entre otras muchas cosas.

A su vez, podríamos tener contratos firmados con proveedores y clientes que nos obligasen a cumplir ciertos compromisos adquiridos que supongan desembolsos económicos o obligaciones de hacer que supongan gastos e impedimentos importantes.

Jurídica

Habrá de tenerse presente cualquier procedimiento judicial que pueda estar abierto pendiente de Sentencia, lo que supondría una contingencia a expensas de la misma.

Del resultado de todo este estudio dependerá el precio final a abonar por la empresa, o podrá aplazarse el pago de una parte, o incluso podríamos tener algún impedimento para la firma de la compraventa, o la obligación de pedir permiso a un tercero que por contrato deba ser informado previamente, esto suele ocurrir en algunos contratos de financiación o de operaciones realizadas con precio aplazado.

Es evidente que cuando se va a comprar una empresa, antes de realizar la operación se hace imprescindible estudiar en profundidad la misma, de esta forma se evitan sorpresas posteriores o incluso, se puede decidir no comprar la empresa y no realizar la inversión, o bien realizarla con salvedades o condiciones.

Resumen
Título del post
Compraventa de empresa (1): Due Diligence
Descripción
La compra de empresas es una operación muy habitual en el tráfico jurídico, se da bastante para acelerar el crecimiento de los grupos de sociedades. La Due Diligence consiste en realizar una revisión de todas las áreas de la empresa que se vende, estas serían: Fiscal, Laboral, Administrativa, Jurídica, Mercantil y Financiera.
Autor
Editor
Ruiz Ballesteros
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Jesús R. Ballesteros

Jesús es Economista y Abogado, estudió la licenciatura de Economía en la Universidad de Navarra, es Máster en Tributación por Garrigues, donde comenzó a trabajar en la oficina de Granada, pasó por otros dos despachos multinacionales de reconocido prestigio mientras estudiaba Derecho en Madrid, hasta que finalmente constituyó Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales a principios de 2006. Jesús es colaborador habitual de medios de comunicación cuando tratan temas empresariales, fiscales y jurídicos, como Radio Intereconomía en el programa “Foro Fiscal”, Cadena Ser y Ondacero. Diploma de Estudios Avanzados en la Universidad de Granada con una Tesina titulada “Intercambio internacional de información tributaria y Paraísos Fiscales”, que defendió ante el tribunal correspondiente obteniendo el DEA en Derecho Financiero y Tributario con Sobresaliente. El título de su Tesina deja claro que ha profundizado como pocos en este ámbito del derecho, lo que le facilita el trabajo actual en fiscalidad internacional. Autor del libro “Cómo rentabilizar tu declaración de la renta” e ideólogo y desarrollador de la primera aplicación jurídica en España dedicada a la descarga de modelos de documentos legales, Paxtum. Diplomado en Alta Dirección por el Instituto Internacional San Telmo (programa AD-1) en 2016/17. Profesor-Colaborador del Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE), para las materias de Derecho Mercantil y Derecho Financiero-Tributario, siendo así co-autor de los libros teóricos de ambas áreas y del libro de “casos prácticos” de Derecho Financiero-Tributario. Experto en el sistema tributario español, fiscalidad internacional y derecho societario-mercantil, habla inglés y es el Director de nuestra empresa, Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales. Jesús fue nominado en 2020 al premio Best Lawyers en derecho societario, fusiones y adquisiciones, habiendo sido galardonado con este premio dos años consecutivos, en 2021 y 2022. Best Lawyers se ha ganado el respeto de la profesión, los medios de comunicación y el público como la fuente más confiable e imparcial de referencias legales. La lista está dividida por región geográfica y áreas de práctica. Son revisados ​​por sus pares en base a la experiencia profesional y se someten a un proceso de autenticación para asegurarse de que se encuentran en la práctica actual y en buen estado. Ha sido galardonado en 2018 con la Cruz Blanca al mérito civil por el Ministerio del Interior del Reino de España (Comisaría General de Policía), concedida por su labor profesional como asesor jurídico-fiscal de empresas multinacionales y la colaboración de éstas con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado Español. Este galardón se concede únicamente a miembros del cuerpo de policía nacional y a muy pocos civiles.

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