Vamos a mudar nuestras oficinas de Marbella por segunda vez, en esta ocasión nos vamos a bajar a la calle. Nos mudamos al local que hay en calle Juan Ramón Jiménez (Local 6) esquina con Jacinto Benavente (a la altura del número 11).
Nuestras nuevas instalaciones albergarán más personal y mayor comodidad para empleados y clientes. Nos vamos a unas oficinas más modernas, hemos realizado un gran esfuerzo para reformar el local con mucha luz y mucho espacio.
Por ello, hemos pensado que también es el momento de renovar la imagen de nuestra marca. […]
Con frecuencia, los abogados nos encontramos con la pregunta de nuestros clientes acerca de si es posible resolver un contrato después de haberlo firmado en atención a unas circunstancias que se daban en el momento inicial de su firma, pero que, sin embargo, posteriormente, con el paso del tiempo, y estando aún vigente este contrato, estas condiciones esenciales que motivaron su celebración se han alterado de tal manera que lo hacen prácticamente inasumible para nuestros clientes.
Así, ante esta situación, nosotros, como abogados, debemos asesorar a nuestros clientes sobre si podríamos solicitar su rescisión anticipada motivada por este cambio sobrevenido de las circunstancias esenciales que justificaron su celebración, o si, por el contrario, estamos obligados a continuar cumpliendo las obligaciones dimanantes del contrato celebrado, aunque por este cambio de circunstancias esenciales ya lo hacen especialmente gravoso de cumplir. […]
Andalucía ha modificado el mínimo exento de este tributo, que será de un millón de euros por heredero en vez de los 250.000 euros actuales
Andalucía lidera, junto a Asturias y Extremadura, la presión fiscal sobre las herencias. Pero el mapa que teñía de rojo esta comunidad cambiará por completo el 1 de enero próximo. El PSOE y Ciudadanos alcanzaron ayer un acuerdo que no tiene precedentes en ningún otro territorio español: los parientes directos pertenecientes a los grupos I y II (hijos, padres, nietos y cónyuges) dejarán de pagar este impuesto del Estado cedido a las comunidades autónomas por recibir herencias de hasta un millón de euros. Hasta ahora el tope era de 250.000 euros. Podrán beneficiarse de esta medida cuando el patrimonio preexistente del heredero no supere el millón de euros. A nivel nacional, estas son las claves del impuesto de Sucesiones:
El juzgado de Sevilla estima íntegramente la demanda del consumidor y declara nula la cláusula financiera del préstamo con garantía hipotecaria que firmó en 2002
La sentencia impone a la entidad las costas del procedimiento judicial al apreciar “mala fe” en su proceder
La entidad deberá indemnizar al consumidor por los daños y perjuicios causados, sumando el interés del dinero a las cantidades pagadas de más
[…] Precisamente de esa “oleada de demandas” se facilitaron datos por el Consejo General del Poder Judicial y por el Ministerio de Justicia este fin de semana pasado. De hecho, el número de demandas presentadas entre los pasados 1 de junio y el 8 de septiembre en los Juzgados de Primera Instancia de Andalucía especializados en estos litigios ascendió a 12.448.
Por provincias, Sevilla es la que más demandas de este tipo ha recibido en sus juzgados especializados con 2.946, le sigue Málaga con 2.177 y Granada con 1.580. En cuanto al resto de provincias andaluzas, Cádiz ha recibido 1.440 demandas, Jaén ha llegado hasta 1.428, Huelva hasta las 1.150, Córdoba a las 940 y Almería a las 787. […]
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Septiembre 2017. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
Tercer trimestre 2017. Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito: 195
CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA
Solicitud de inclusión para el año 2017: CCT La renuncia se deberá formular en el modelo de “solicitud de inclusión/comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria”
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Octubre 2017. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
IVA
Octubre 2017. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IGIC y otras operaciones: 340
Octubre 2017. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
Octubre 2017. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
Octubre 2017: 430
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
Agosto 2017. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
Agosto 2017. Grandes empresas: 561, 562, 563
Octubre 2017: 548, 566, 581
Octubre 2017: 570, 580
Tercer trimestre 2017. Excepto grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
Tercer trimestre 2017. Excepto grandes empresas: 561, 562, 563
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Noviembre 2017. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes
Ejercicio en curso:
Régimen general: 202
Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales): 222
IVA
Noviembre 2017. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IGIC y otras operaciones: 340
Noviembre 2017. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
Noviembre 2017. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
Noviembre 2017: 430
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
Septiembre 2017. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
Septiembre 2017. Grandes empresas: 561, 562, 563
Noviembre 2017: 548, 566, 581
Noviembre 2017: 570, 580
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD
Noviembre 2017. Grandes empresas: 560
IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES
Pago fraccionado: 584
Año 2016. Declaración informativa anual operaciones con contribuyentes: 591
Renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2018 y sucesivos: 036/037
IVA
Noviembre 2017. Autoliquidación: 303
Noviembre 2017. Grupo de entidades, modelo individual: 322
Noviembre 2017. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
SII: Remisión de los registros de facturación del primer semestre de 2017: sin modelo
Renuncia o revocación regímenes simplificado y agricultura, ganadería y pesca para 2018 y sucesivos: 036/037
Opción o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para 2018 y sucesivos: 036
Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2018 y 2019: 036
Renuncia régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2018 sin modelo
Comunicación de alta en el régimen especial del grupo de entidades: 039
Opción o renuncia por la modalidad avanzada del régimen especial del grupo de entidades: 039
Comunicación anual relativa al régimen especial del grupo de entidades: 039
Opción por el régimen especial del criterio de caja para 2018: 036/037
Renuncia al régimen especial del criterio de caja para 2018, 2019 y 2020: 036/037
En RUIZ BALLESTEROS Abogados y Asesores Fiscales se integra un equipo de economistas y abogados, que además de ser licenciados, son Máster en Tributación (Asesoría Fiscal) por las mejores escuelas de negocios de España, lo que nos permite ofrecer una verdadera especialización y una planificación fiscal que optimiza el coste de las operaciones en las que la Firma Asesora.
Nuestros abogados y economistas son especialistas en el ámbito financiero-contable y tributario,para gestionar o ayudar a solventar los problemas relacionados con el derecho empresarial.