Existe una deducción en el IRPF que me permite deducir parte del alquiler que satisfago al propietario de una vivienda si dicha vivienda la destino a ser mi residencia habitual, siendo yo el inquilino.
En algunos casos nos vemos obligados a modificar el contrato de alquiler por cualquier razón, pero ¡ojo! Esta deducción fue modificada y eliminada, por lo que sólo es aplicable para aquellos contratos firmados antes del 1 de enero de 2015, por lo que si yo llevo viviendo en una vivienda desde 2007 y me resuelven el contrato firmando uno nuevo, podría perder la posibilidad de aplicar dicha deducción.
Las Comunidades Autónomas a lo largo de los años han ofrecido y siguen ofreciendo grupos de viviendas (VPO) para ciudadanos con rentas reducidas. En ocasiones el promotor es la administración pública y en otras es una entidad privada, pero vamos a concretar aun más sobre este tipo de inmuebles para aclarar la cuestión planteada inicialmente.
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El economista y abogado Jesús R. Ballesteros constituyó Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales a principios de 2006. Experto en fiscalidad internacional y con un amplio bagaje en el ámbito formativo, fue galardonado en 2018 con la Cruz Blanca al mérito civil por el Ministerio del Interior del Reino de España (Comisaría General de Policía), concedida por su labor profesional como asesor jurídico-fiscal de empresas multinacionales y la colaboración de éstas con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado Español. LegalToday ha querido conversar con él y tomarle el pulso a la profesión y a su sector.
http://www.legaltoday.com/actualidad/entrevistas/no-estamos-muy-de-acuerdo-con-tratar-de-criminalizar-al-abogado-fiscalista-o-al-asesor-fiscal
LEGALTODAY (7/11/2019) Seguir leyendo ══►
Al 2019 le queda poco más de un mes, y para todos los autónomos y empresarios españoles esto se traduce en presión para cerrar el año en positivo, por lo que la fiscalidad cobra especial protagonismo.
Para realizar un buen asiento de cierre contable es necesario hacer un balance de comprobación de suma y saldos, en primer lugar. Para ello tendrás que chequear que los datos de contabilidad coinciden al 100% con lo que se haya descrito en el Libro Diario de tu negocio.
Seguidamente, te tocará revisar el cuadro de cuenta del Plan General Contable
Cinco Días (12/11/2019) Seguir leyendo ══►
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510
Resto de entidades: en el mes siguiente a los diez meses posteriores al fin del período impositivo.
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510
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