Tributario

Novedades tributarias para 2018

Se analizan a continuación las principales modificaciones introducidas en el IRPF y en el Impuesto Sobre Sociedades.

 

Para el IRPF de 2017.

Esta declaración la haremos entre abril y junio de 2018:

  • Queda aclarado que los gastos de estudio del reciclaje del personal no constituye retribución en especie, aunque sea un tercero el que abone los mismos, siempre que esta empresa comercialice productos o servicios para los que resulte necesario disponer de una adecuada formación por parte del trabajador.

 

  • En el mínimo personal que se aplica en la declaración de la renta por descendientes se podrán incluir aquellas personas vinculadas al contribuyente por razón de tutela y acogimiento para quienes tengan su guarda y custodia por resolución judicial.

 

  • Para el caso de transmisión de derechos de suscripción preferente se regula un nuevo supuesto de retención, ya sea para empresas que coticen en bolsa o no. Se incluye en este sentido entre las rentas sujetas a retención a las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de los derechos de suscripción preferente cuyo titular sea el contribuyente.

 

Para el IRPF de 2018.

Los cambios que se aplican desde el 1 de enero son los siguientes:

  • Se eleva el importe exento de becas públicas así como el de las que son para estudios de doctorado, pasando de 3.000 euros a 6.000 euros, en términos generales. Pero se incrementa hasta 18.000 euros anuales cuando el concepto de la beca sea para compensar gastos de transporte y alojamiento, e incluso hasta 21.000 euros cuando son estudios en el extranjero. Las becas para estudios de doctorado en España se elevan a 21.000 euros y hasta 24.600 euros anuales si estos estudios de doctorado se cursan en el extranjero.

 

  • Se consideran exentos los rendimientos del trabajo en especie por gastos para seguro de enfermedad satisfechos a personas con alguna discapacidad.

 

  • Los vales de comida se elevan hasta 11 euros diarios, estaban en 9 euros desde hacía muchos años y por fin se aumentan en consonancia con el aumento del coste de la vida.

 

Impuesto Sobre Sociedades

  • Se modifica la regulación de la información y documentación sobre entidades y operaciones vinculadas, regulación que incorpora la obligación de presentar la denominada información país por país, siguiendo el esquema ya establecido en la Directiva de la Unión Europea (UE) 2016/881 del Consejo, de 25 de mayo de 2016, que modifica la Directiva 2011/16/UE.

 

  • Se establece un nuevo supuesto de excepción a la obligación de retener en relación con las cantidades satisfechas a los fondos de pensiones por los fondos de pensiones abiertos, cuyo objeto es canalizar las inversiones de otros fondos de pensiones y planes de pensiones adscritos a otros fondos de pensiones.

 

  • En lo que se refiere a la conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria, se adapta el desarrollo reglamentario relativo al procedimiento de compensación y abono de créditos exigibles frente a la Hacienda Pública a las modificaciones que se efectuaron en la Ley del Impuesto a partir de 2016.

 

Realmente estas modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades, afectan más bien a grandes empresas y entidades financieras, salvo las obligaciones de operaciones vinculadas, que bien pueden aplicarse en pymes o grupos de empresas de tamaño medio y pequeño.

Jesús R. Ballesteros

Jesús es Economista y Abogado, estudió la licenciatura de Economía en la Universidad de Navarra, es Máster en Tributación por Garrigues, donde comenzó a trabajar en la oficina de Granada, pasó por otros dos despachos multinacionales de reconocido prestigio mientras estudiaba Derecho en Madrid, hasta que finalmente constituyó Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales a principios de 2006. Jesús es colaborador habitual de medios de comunicación cuando tratan temas empresariales, fiscales y jurídicos, como Radio Intereconomía en el programa “Foro Fiscal”, Cadena Ser y Ondacero. Diploma de Estudios Avanzados en la Universidad de Granada con una Tesina titulada “Intercambio internacional de información tributaria y Paraísos Fiscales”, que defendió ante el tribunal correspondiente obteniendo el DEA en Derecho Financiero y Tributario con Sobresaliente. El título de su Tesina deja claro que ha profundizado como pocos en este ámbito del derecho, lo que le facilita el trabajo actual en fiscalidad internacional. Autor del libro “Cómo rentabilizar tu declaración de la renta” e ideólogo y desarrollador de la primera aplicación jurídica en España dedicada a la descarga de modelos de documentos legales, Paxtum. Diplomado en Alta Dirección por el Instituto Internacional San Telmo (programa AD-1) en 2016/17. Profesor-Colaborador del Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE), para las materias de Derecho Mercantil y Derecho Financiero-Tributario, siendo así co-autor de los libros teóricos de ambas áreas y del libro de “casos prácticos” de Derecho Financiero-Tributario. Experto en el sistema tributario español, fiscalidad internacional y derecho societario-mercantil, habla inglés y es el Director de nuestra empresa, Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales. Jesús fue nominado en 2020 al premio Best Lawyers en derecho societario, fusiones y adquisiciones, habiendo sido galardonado con este premio dos años consecutivos, en 2021 y 2022. Best Lawyers se ha ganado el respeto de la profesión, los medios de comunicación y el público como la fuente más confiable e imparcial de referencias legales. La lista está dividida por región geográfica y áreas de práctica. Son revisados ​​por sus pares en base a la experiencia profesional y se someten a un proceso de autenticación para asegurarse de que se encuentran en la práctica actual y en buen estado. Ha sido galardonado en 2018 con la Cruz Blanca al mérito civil por el Ministerio del Interior del Reino de España (Comisaría General de Policía), concedida por su labor profesional como asesor jurídico-fiscal de empresas multinacionales y la colaboración de éstas con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado Español. Este galardón se concede únicamente a miembros del cuerpo de policía nacional y a muy pocos civiles.

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