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Pasos para constituir una empresa (7ª parte: Notario)

La visita al notario es el tercer paso, hasta ahora hemos comentado las formas en las que se suele empezar una empresa, las diferencias entre autónomo y sociedad limitada, la fiscalidad, obligaciones fiscales, el nombre de la empresa y lo que se debe incluir como mínimo en los estatutos de la sociedad.

Recuerda que independientemente de si eres emprendedor o si ya tienes varias empresas, los pasos para la constitución de una nueva empresa son los siguientes:

  • Nombre de la empresa.
  • Redactar estatutos.
  • Firmar la escritura de constitución ante notario.
  • Solicitar CIF provisional en Hacienda.
  • Liquidar Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
  • Inscribir la empresa en el Registro Mercantil.
  • Solicitar CIF definitivo y alta en actividad económica.
  • Registrar el lugar de trabajo y solicitar código de cuenta de cotización (sólo si vas a tener empleados).
  • Solicitar un certificado digital.
  • Inscripción de la sociedad en el sistema de notificaciones electrónicas.

El Notario: al notario, o bueno, realmente al oficial de la notaría, hay que enviarle como mínimo los siguientes datos:

  • El certificado del registro central con la reserva del nombre, recuerda que debe tener menos de 3 meses desde que lo emitieron y que tiene que haber sido solicitado por uno de los socios futuros de la mercantil.
  • La identidad y datos personales de cada socio, esto es:
    • Nombre y Apellidos como aparecen en el DNI.
    • Nacionalidad y mayoría de edad.
    • Número y letra del DNI (de todas formas el notario lo tendrá que escanear y SIEMPRE debes presentar el original el día de la firma ante notario).
    • Dirección del domicilio, personal o profesional.
    • Estado Civil, mostrando las capitulaciones si estás casado en separación de bienes e indicando el nombre del cónyuge.
    • Profesión o sector en el que trabajas. Recuerda que los socios no tienen por qué trabajar en la empresa, por tanto, un médico puede ser socio de tu empresa de fabricación de maquinaria industrial, en cuyo caso indicará en la escritura que su profesión es médico, aunque estemos constituyendo una sociedad como la indicada.
  • Capital social con el que se va a constituir la sociedad, que recuerda debe ser mínimo 3.000 euros para una sociedad limitada y 60.000 euros para una sociedad anónima.
  • Participaciones en las que se divide el capital social, por ejemplo, 3.000 participaciones de 1 euro cada una, que suman los 3.000 euros mínimos.
  • Porcentaje de participaciones que suscribe cada socio.
  • Forma en la que cada socio aporta el capital para la suscripción, que básicamente pueden ser dos formas:
    • Dinero metálico, depositado en una cuenta bancaria antes de la firma y en este caso el banco hará un certificado indicando la cantidad depositada y el número de cuenta, cuyo titular será la empresa y dicha cuenta corriente se habrá abierto tan solo con el certificado del nombre que otorga el registro central.
    • Aportación NO dineraria, en este caso se debe describir la aportación, por ejemplo, ordenador MARCA X, tipo de ordenador, etc. valor que se le otorga al ordenador por los socios y nada más.
  • Se tiene que indicar que el capital social ha sido totalmente desembolsado para el caso de sociedades limitadas.
  • Objeto social de la empresa, es decir, actividad principal, por ejemplo: fabricación de artículos de ferretería de toda índole, distribución y venta al por mayor y menor de dichos artículos.
  • Domicilio social de la empresa.
  • Quién o quiénes ejercerán las funciones de administrador y en qué forma, administradores solidarios, administradores mancomunados, o único, o consejo de administración, etc. Hablaremos más delante de las diferencias entre unos y otros.
  • Si la empresa tiene un solo socio se indicará también para que el notario pueda incluir que la sociedad es “unipersonal”, pues esto debe hacer público, es decir, aparecerá en el Registro Mercantil. No existe ninguna diferencia fiscal entre una sociedad que es unipersonal y otra que no lo es, ambas tributan exactamente igual. Os dejo un ejemplo, muchas multinacionales son Unipersonales ¿por qué? porque la dueña es otra multinacional al 100%
  • Fecha de inicio de las operaciones de la sociedad, que suele decirse es el mismo día de la constitución.

Todos estos datos son los que debes indicar al notario, aunque normalmente muchos de ellos el oficial te los dará, es bueno que conozcas tus obligaciones y necesidades.

Recuerda que si quieres saber más siempre puedes acudir a tus asesores fiscales o abogados fiscalistas expertos en la materia, como Ruiz Ballesteros.

Jesús R. Ballesteros

Jesús es Economista y Abogado, estudió la licenciatura de Economía en la Universidad de Navarra, es Máster en Tributación por Garrigues, donde comenzó a trabajar en la oficina de Granada, pasó por otros dos despachos multinacionales de reconocido prestigio mientras estudiaba Derecho en Madrid, hasta que finalmente constituyó Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales a principios de 2006. Jesús es colaborador habitual de medios de comunicación cuando tratan temas empresariales, fiscales y jurídicos, como Radio Intereconomía en el programa “Foro Fiscal”, Cadena Ser y Ondacero. Diploma de Estudios Avanzados en la Universidad de Granada con una Tesina titulada “Intercambio internacional de información tributaria y Paraísos Fiscales”, que defendió ante el tribunal correspondiente obteniendo el DEA en Derecho Financiero y Tributario con Sobresaliente. El título de su Tesina deja claro que ha profundizado como pocos en este ámbito del derecho, lo que le facilita el trabajo actual en fiscalidad internacional. Autor del libro “Cómo rentabilizar tu declaración de la renta” e ideólogo y desarrollador de la primera aplicación jurídica en España dedicada a la descarga de modelos de documentos legales, Paxtum. Diplomado en Alta Dirección por el Instituto Internacional San Telmo (programa AD-1) en 2016/17. Profesor-Colaborador del Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE), para las materias de Derecho Mercantil y Derecho Financiero-Tributario, siendo así co-autor de los libros teóricos de ambas áreas y del libro de “casos prácticos” de Derecho Financiero-Tributario. Experto en el sistema tributario español, fiscalidad internacional y derecho societario-mercantil, habla inglés y es el Director de nuestra empresa, Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales. Jesús fue nominado en 2020 al premio Best Lawyers en derecho societario, fusiones y adquisiciones, habiendo sido galardonado con este premio dos años consecutivos, en 2021 y 2022. Best Lawyers se ha ganado el respeto de la profesión, los medios de comunicación y el público como la fuente más confiable e imparcial de referencias legales. La lista está dividida por región geográfica y áreas de práctica. Son revisados ​​por sus pares en base a la experiencia profesional y se someten a un proceso de autenticación para asegurarse de que se encuentran en la práctica actual y en buen estado. Ha sido galardonado en 2018 con la Cruz Blanca al mérito civil por el Ministerio del Interior del Reino de España (Comisaría General de Policía), concedida por su labor profesional como asesor jurídico-fiscal de empresas multinacionales y la colaboración de éstas con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado Español. Este galardón se concede únicamente a miembros del cuerpo de policía nacional y a muy pocos civiles.

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