Si vas a vender y distribuir un software que no has desarrollado tú, la gran preocupación es siempre la misma: ¿qué pasa con tus clientes si el proveedor quiebra, desaparece o deja de prestar un buen servicio? Nadie quiere vender un producto de 10, 15 o 20 mil euros y quedarse después sin soporte ni con reclamaciones. La cláusula de escrow evita este escenario.
¿Cómo funciona?
El desarrollador entrega a un tercero de confianza (un “agente de escrow”) una copia del código fuente y la documentación esencial del software. Ese tercero guarda el material y solo lo entrega al beneficiario cuando ocurre algo pactado de antemano, por ejemplo, la quiebra del proveedor, su desaparición, un incumplimiento grave y continuado del servicio o un corte prolongado de actualizaciones y mantenimiento.
Si se cumple una de esas condiciones, el agente entrega el depósito y se puede seguir usando y manteniendo el software, no se cae tu negocio porque el proveedor haya fallado.
Para un distribuidor o comercializador que no toca el código ni controla el desarrollo, esta figura es oro. Te permite vender con tranquilidad porque puedes prometer a tus clientes una vía de continuidad, aunque el fabricante desaparezca.
Además, esta cláusula reduce el riesgo de responsabilidad, si tú has previsto en el contrato que existirá un escrow a favor del cliente, has informado de las condiciones y has establecido cómo se activa, estás poniendo los medios razonables para garantizar el servicio. En la práctica, tu discurso comercial cambia de “confía en el proveedor” a “hay un plan B garantizado por un tercero”.
¿Quién aparece como beneficiario del depósito?
- El cliente final, así, si ocurre un problema, el agente de escrow le entrega el código directamente y el cliente puede contratar a cualquier técnico para mantener el sistema.
- Que el beneficiario seas tú como distribuidor. En ambos casos, el depósito debe incluir todo lo necesario para reconstruir y mantener el software: código fuente actualizado, manuales, dependencias, instrucciones de compilación y, si es posible, una verificación periódica de que el material compila y funciona. Sin verificación, el depósito existe, pero nadie sabe si sirve.
¿Y qué pasa con tu responsabilidad frente al cliente si el proveedor falla?
Aquí la clave es encajar bien los contratos. En tu contrato con el cliente debes explicar que no desarrollas el software, que actúas como distribuidor, que el mantenimiento lo presta el proveedor y que existe un escrow que garantiza acceso al código. Además, puedes incluir limitaciones de responsabilidad proporcionales a tu papel, siempre respetando la ley de consumo, si es que esta aplica al caso concreto.
Otra duda frecuente es si el escrow “regala” la propiedad intelectual.
No es así. El código no se libera mientras el proveedor cumpla. Solo si se activa la condición, el beneficiario recibe derecho de uso y mantenimiento para asegurar la continuidad del negocio, en los términos pactados. Es un seguro de funcionamiento, no una cesión abierta. Por eso, a los proveedores también les interesa: genera confianza, porque ayuda a cerrar ventas y protege su know-how mientras todo va bien.
Si ya estás negociando, piensa en cuatro ideas prácticas, dichas sin tecnicismos.
- Que el depósito sea completo y vigente, no una carpeta vieja: incluye código, documentación y cómo ponerlo en marcha.
- Que el criterio de activación sea claro y objetivo para que no haya peleas el día crítico.
- Que exista verificación al menos cuando hay versiones grandes, así evitas sorpresas.
- Que el beneficiario esté bien identificado y tenga el derecho real de usar el material solo para mantener el servicio, sin reventa ni usos distintos.
Con una cláusula escrow bien montada, vender un software que tú no desarrollas deja de ser un salto al vacío. Das tranquilidad a tus clientes, reduces tu exposición legal y demuestras profesionalidad. Es, en esencia, poner un cinturón de seguridad al producto, esperas no necesitarlo, pero si pasa algo, puede salvarte la vida.
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