Reclama la devolución de la Plusvalía Municipal
En relación al impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), más conocido como “Plusvalía Municipal” han surgido multitud de preguntas a raíz de la Sentencia emitida en el mes de febrero por el Tribunal Constitucional.
[…] se evidencia que al no ponerse de manifiesto la capacidad económica en la transmisión de inmuebles con pérdidas, el impuesto se devenga pero con una base imponible de cero euros, por lo que cualquier porcentaje aplicable sobre esta cantidad resultará un resultado igual a cero.De esta forma se abre la posibilidad de reclamar y obtener la devolución de este impuesto por un procedimiento de devolución de ingresos indebidos.
¿Cuándo puede reclamar?
Se puede reclamar cuando se ha producido una transmisión de la propiedad, incluida la transmisión mediante dación en pago o herencia, en la cual no se ha producido un incremento del valor y aun así el Ayuntamiento ha liquidado el tributo.
Tributación de la condena en Costas Procesales
Difícil respuesta tiene la verdadera tributación de las costas de un proceso judicial.
En primer lugar debemos centrar la cuestión y el concepto de costas, pues se consideran un crédito de la parte vencedora. Sin embargo, este crédito se diferencia del crédito que proviene de un contrato de arrendamiento de servicios entre letrado y cliente, ya que no trae causa de un acuerdo previo con el profesional (abogado y procurador), sino que trae causa del pronunciamiento judicial de condena en costas, siendo así distinto en su origen del contrato de servicios, ya que no tiene un origen contractual, sino legal, y también el titular es distinto, pues el favorecido es el cliente y no el abogado.
Por tanto, tenemos claros los siguientes conceptos:
- Pronunciamiento judicial (no contrato de prestación de servicios).
- Origen legal (distinto al origen contractual).
- Titular: el favorecido, cliente (distinto al favorecido en el contrato de servicios: el abogado y procurador).
Aclarados estos aspectos pasamos a la tributación de estas costas procesales:
El presidente del Supremo afirma que el sistema tributario español “debe ser implacable contra el fraude fiscal”
El presidente del Tribunal Supremo (TS) y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, ha defendido este lunes que el sistema tributario español “debe ser implacable” contra el defraudador fiscal porque éste “no sólo debilita las arcas públicas, sino que desprecia a la sociedad y el compromiso del resto de los ciudadanos con la Ley”.
MADRID, 13 (EUROPA PRESS)
Lesmes ha realizado esta manifestaciones durante el acto de presentación en Madrid de la obra Ley General Tributaria de Lefebvre-El Derecho, código y manual práctico comentado por el gabinete técnico del Tribunal Supremo.
A juicio del presidente del alto tribunal el compromiso en la lucha contra el fraude fiscal, la reducción de la conflictividad y el incremento de la seguridad jurídica de las normas tributarias son el principal objetivo de la Ley General Tributaria.
Los asesores aconsejan requerir el impuesto de los últimos cuatro años
Abogados y asesores fiscales están recomendando a sus clientes que impugnen cuanto antes las liquidaciones del impuesto sobre la plusvalía municipal, ya que cabe la posibilidad de que una nueva sentencia del Tribunal Constitucional incluya limitaciones que afecten a las liquidaciones de este tributo. Antonio Relea, delegado en Cantabria de la Asociación Española de Asesores Fiscales, aconseja reclamar en aquellos casos en que «se haya pagado este impuesto como consecuencia de una transmisión en la que, en lugar de obtener una plusvalía, hayan obtenido una pérdida. Perdiendo, se le hace pagar como si realmente hubiera ganado, gravando así plusvalías ficticias». Y advierte a los contribuyentes que «no dejen que prescribir sus liquidaciones, cuyo plazo es de cuatro años, porque el Constitucional no ha delimitado los efectos temporales de su pronunciamiento, lo que deja la duda de si la devolución del tributo podría alcanzar a liquidaciones ya prescritas».
El Diario Montañés, 13/03/2017 Seguir leyendo ══►

Calendario general del contribuyente Marzo - Abril 2017
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RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
- Febrero 2017. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
IVA
- Febrero 2017. Autoliquidación: 303
- Febrero 2017. Grupo de entidades, modelo individual: 322
- Febrero 2017. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: 340
- Febrero 2017. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
- Febrero 2017. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
- Febrero 2017. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
- Febrero 2017: 430
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
- Diciembre 2016. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
- Diciembre 2016. Grandes empresas: 561, 562, 563
- Febrero 2017: 548, 566, 581
- Febrero 2017: 570, 580
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD
- Febrero 2017. Grandes empresas: 560
IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES
- Año 2016. Declaración recapitulativa de operaciones con gases fluorados de efecto invernadero: 586
DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE IMPOSICIONES, DISPOSICIONES DE FONDOS Y DE LOS COBROS DE CUALQUIER DOCUMENTO
- Año 2016: 171
DECLARACIÓN INFORMATIVA DE VALORES, SEGUROS Y RENTAS
- Año 2016: 189
DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE CLIENTES PERCEPTORES DE BENEFICIOS DISTRIBUIDOS POR INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA ESPAÑOLAS, ASÍ COMO DE AQUELLOS POR CUENTA DE LOS CUALES LA ENTIDAD COMERCIALIZADORA HAYA EFECTUADO REEMBOLSOS O TRANSMISIONES DE ACCIONES O PARTICIPACIONES
- Año 2016: 294
DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE CLIENTES CON POSICIÓN INVERSORA EN INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA ESPAÑOLAS, REFERIDA A FECHA 31 DE DICIEMBRE DEL EJERCICIO, EN LOS SUPUESTOS DE COMERCIALIZACIÓN TRANSFRONTERIZA DE ACCIONES O PARTICIPACIONES EN INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA ESPAÑOLAS
- Año 2016: 295
IMPUESTO SOBRE HIDROCARBUROS
- Año 2016. Relación anual de destinatarios de productos de la tarifa segunda: 512
- Año 2016. Relación anual de kilómetros realizados
DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO
- Año 2016: 720
RENTA Y PATRIMONIO
- Presentación por Internet del borrador de Renta y de las declaraciones de Renta 2016 y Patrimonio 2016
Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta hasta el 26 de junio
RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
- Marzo 2017. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
- Primer trimestre 2017: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136
Pagos fraccionados Renta
- Primer trimestre 2017:
- Estimación directa: 130
- Estimación objetiva: 131
Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes
- Ejercicio en curso:
- Régimen general: 202
- Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales): 222
IVA
- Marzo 2017. Autoliquidación: 303
- Marzo 2017. Grupo de entidades, modelo individual: 322
- Marzo 2017. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: 340
- Marzo 2017. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
- Marzo 2017. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
- Marzo 2017. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
- Primer trimestre 2017. Autoliquidación: 303
- Primer trimestre 2017. Declaración-liquidación no periódica: 309
- Primer trimestre 2017. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
- Primer trimestre 2017. Servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos en el IVA. Autoliquidación: 368
- Primer trimestre 2017. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
- Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales: 308
- Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: 341
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
- Marzo 2017: 430
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
- Enero 2017. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
- Enero 2017. Grandes empresas: 561, 562, 563
- Marzo 2017: 548, 566, 581
- Marzo 2017: 570, 580
- Primer trimestre 2017: 521, 522, 547
- Primer trimestre 2017. Actividades V1, V2, V7, F1, F2: 553
- Primer trimestre 2017: 582
- Primer trimestre 2017. Solicitudes de devolución: 506, 507, 508, 524, 572
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD
- Marzo 2017. Grandes empresas: 560
- Primer trimestre 2017. Excepto grandes empresas: 560
- Año 2016. Autoliquidación anual: 560
IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES
- Primer trimestre 2017. Pago fraccionado: 585
- Año 2016. autoliquidación anual: 589
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL CARBÓN
- Primer trimestre 2017: 595