Tributario

Novedades para la declaración de la renta de 2021: datos a tener en cuenta

Vamos a realizar un resumen de los datos, rentas y exenciones que son novedad o que no deben olvidarse a la hora de hacer la declaración de la renta de 2021.

En primer lugar, recordemos que hay algunas Rentas Exentas de tributar, a saber:

1. Ayudas por daños personales causados por desastres naturales.

Quedan exentas las ayudas concedidas por fallecimiento e incapacidad absoluta permanente y las concedidas por daños personales causados por el volcán de La Palma.

Asimismo, quedan exentas las ayudas que se hayan recibido y se destinen a reparar la destrucción de elementos patrimoniales por catástrofes naturales, incluyéndose específicamente la erupción volcánica como causa para declarar exenta dicha percepción.

2. Subvenciones y ayudas concedidas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios.

En este caso, las subvenciones, en lugar de contabilizarse, como suele ser habitual como un ingreso, directamente no se integrarán en el resultado del ejercicio 2021 y siguientes. Por tanto, las ayudas y subvenciones que se concedan para ser destinadas a la rehabilitación energética de edificios, entendiendo la misma aquella que se define en los programas establecidos en los Reales Decretos 691/2021, 737/2020 y 853/2021, no tributan en el IRPF.

Desde el 1 de enero de 2021, a raíz de la erupción del volcán de La Palma, se ha incorporado expresamente esta catástrofe como exenta para que no tributen las ayudas recibidas para paliar los efectos que la misma ha causado, excluyéndose por tanto cuando son por destrucción de elementos patrimoniales.

Por otro lado, tendríamos los Rendimientos del Capital Inmobiliario:

1. Saldos de dudoso cobro.

Por efecto de la pandemia se modificó este apartado, pasando a ser gasto deducible aquellos saldos de dudoso cobro cuyas cantidades estaban pendientes por los arrendatarios durante 3 meses o más, es decir, se reducía el plazo de 6 a 3 meses, pudiendo reducirse el rendimiento íntegro.

2. Reducción de la renta en alquileres.

Otra modificación importante (Disposición Adicional novena Ley del IRPF) es que, los “grandes tenedores” de inmuebles que hubieran suscrito un contrato de alquiler para uso distinto del de vivienda y cuyos arrendatarios destinen el inmueble al desarrollo de una actividad económica, podrán computar como gasto deducible de los rendimientos de capital inmobiliario la cuantía de la rebaja en la renta arrendaticia que voluntariamente hubieran acordado a partir de 14 de marzo de 2020, correspondientes a las mensualidades devengadas en los meses de enero, febrero y marzo de 2021, cuando se trate de alquileres de locales realizado a determinados empresarios, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la norma.

3. Amortización de inmuebles adquiridos por herencia o donación.

En estos casos, cuando se adquieren inmuebles gratuitamente (por herencia o donación), de acuerdo con la Sentencia del Tribunal Supremo 1130/2021, de 17 de septiembre de 2021, se puede aplicar amortización a efectos de reducir el rendimiento del capital inmobiliario que supone su arrendamiento, si bien se considerará como coste de adquisición satisfecho, para ser base de la amortización, el valor del bien aplicando las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, o su valor comprobado por la Administración, excluyendo siempre el valor del suelo por supuesto, pues nunca se amortiza el suelo. A este valor habrá que añadirle los gastos y tributos inherentes a la adquisición que corresponda a la construcción, y en su caso, la totalidad de las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos.

4. Reducciones por arrendamiento de vivienda.

Se modificó el artículo 23.2 de la Ley del IRPF para indicar que la reducción del 60% aplicable en el propietario cuando se arrienda un inmueble a un inquilino para ser la vivienda habitual de este último, sólo resulta de aplicación sobre el rendimiento neto positivo calculado cuando se indica en la declaración, no pudiendo hacerlo a posteriori dentro de un procedimiento de comprobación.

Quien firma este artículo no está de acuerdo con la posible aplicación de este apartado, puesto que lo considera ilegal, contraviene la propia normativa tributaria, pero queda dicho pues así se ha modificado el artículo.

Por último, dos apuntes sobre Deducciones y para los trabajadores desplazados a España (Ley Beckham):

1. Deducción por donativos.

Se aumenta en 5 puntos porcentuales los límites de deducciones por donativos del artículo 19 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

2. Régimen fiscal aplicable a trabajadores desplazados a territorio español.

  • Se eleva el tipo aplicable del 45 al 47 por 100 en la parte de la base liquidable que supere los 600.000 euros
  • Se introduce un nuevo tramo a partir de 200.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 26 por 100 para las rentas del ahorro, ganancias patrimoniales.

Restaría por comentar la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética, que merece un artículo completo por separado por su extensión, dejamos entonces un link a dicho artículo para los interesados en su lectura.

Resumen
Título del post
Novedades para la declaración de la renta de 2021: datos a tener en cuenta
Descripción
Rentas Exentas de tributar 1. Ayudas por daños personales causados por desastres naturales. 2. Subvenciones y ayudas concedidas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios. Rendimientos del Capital Inmobiliario: 1. Saldos de dudoso cobro. 2. Reducción de la renta en alquileres. 3. Amortización de inmuebles adquiridos por herencia o donación. 4. Reducciones por arrendamiento de vivienda. Deducciones y para los trabajadores desplazados a España (Ley Beckham) 1. Deducción por donativos. 2. Régimen fiscal aplicable a trabajadores desplazados a territorio español.
Autor
Editor
Ruiz Ballesteros
Logo editor
Jesús R. Ballesteros

Jesús es Economista y Abogado, estudió la licenciatura de Economía en la Universidad de Navarra, es Máster en Tributación por Garrigues, donde comenzó a trabajar en la oficina de Granada, pasó por otros dos despachos multinacionales de reconocido prestigio mientras estudiaba Derecho en Madrid, hasta que finalmente constituyó Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales a principios de 2006. Jesús es colaborador habitual de medios de comunicación cuando tratan temas empresariales, fiscales y jurídicos, como Radio Intereconomía en el programa “Foro Fiscal”, Cadena Ser y Ondacero. Diploma de Estudios Avanzados en la Universidad de Granada con una Tesina titulada “Intercambio internacional de información tributaria y Paraísos Fiscales”, que defendió ante el tribunal correspondiente obteniendo el DEA en Derecho Financiero y Tributario con Sobresaliente. El título de su Tesina deja claro que ha profundizado como pocos en este ámbito del derecho, lo que le facilita el trabajo actual en fiscalidad internacional. Autor del libro “Cómo rentabilizar tu declaración de la renta” e ideólogo y desarrollador de la primera aplicación jurídica en España dedicada a la descarga de modelos de documentos legales, Paxtum. Diplomado en Alta Dirección por el Instituto Internacional San Telmo (programa AD-1) en 2016/17. Profesor-Colaborador del Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE), para las materias de Derecho Mercantil y Derecho Financiero-Tributario, siendo así co-autor de los libros teóricos de ambas áreas y del libro de “casos prácticos” de Derecho Financiero-Tributario. Experto en el sistema tributario español, fiscalidad internacional y derecho societario-mercantil, habla inglés y es el Director de nuestra empresa, Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales. Jesús fue nominado en 2020 al premio Best Lawyers en derecho societario, fusiones y adquisiciones, habiendo sido galardonado con este premio dos años consecutivos, en 2021 y 2022. Best Lawyers se ha ganado el respeto de la profesión, los medios de comunicación y el público como la fuente más confiable e imparcial de referencias legales. La lista está dividida por región geográfica y áreas de práctica. Son revisados ​​por sus pares en base a la experiencia profesional y se someten a un proceso de autenticación para asegurarse de que se encuentran en la práctica actual y en buen estado. Ha sido galardonado en 2018 con la Cruz Blanca al mérito civil por el Ministerio del Interior del Reino de España (Comisaría General de Policía), concedida por su labor profesional como asesor jurídico-fiscal de empresas multinacionales y la colaboración de éstas con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado Español. Este galardón se concede únicamente a miembros del cuerpo de policía nacional y a muy pocos civiles.

Ver comentarios

  • En julio 2021 vendí mi vivienda con ganancia patrimonial. En noviembre 2021 di una cantidad en concepto de reserva para una vivienda de nueva construcción con intención de acogerme a la exención por reinversión en vivienda habitual del total de la venta en la renta 2021. En el plazo de los dos años que tengo para reinvertir el importe de la venta firmaré el contrato de compraventa con la promotora y haré unos pagos a cuenta a la promotora que constituirán el 20% del total del importe a reinvertir. La entrega del piso nuevo y escritura se harán fuera del plazo de los dos años.
    Mi `pregunta es si puedo acogerme a la exención total por reinversión del total de la venta de la primera vivienda en la renta 2021, o por el contrario solo podría acogerme a la exención parcial del importe entregado a la promotora en el plazo de los dos años desde la venta de la primera vivienda.

    • Estimado Sr.

      Mucha gracias por seguir nuestro blog.

      Para poder dar respuesta a su consulta, tendríamos que estudiar previamente toda la operación: desde la escritura de venta de la vivienda habitual hasta los contratos formalizados para la adquisición de la nueva vivienda.

      Si lo desea envíenos la documentación de que disponga y una vez revisada le daremos un presupuesto para dar respuesta a la consulta planteada.

Entradas recientes

Habrá sanciones de hasta 600.000 euros para los influencers que incumplan la nueva normativa

El 2 de mayo de 2024, ha entrado en vigor el Real Decreto 444/2024, de…

4 días hace

Newsletter nº 260 | 1 de mayo de 2024

¿Cómo me afecta la Ley de Inteligencia Artificial? ¿Qué pasará con ChatGPT, Gemini, BarGPT…? Detallamos…

6 días hace

¿Cómo me afecta la Ley de Inteligencia Artificial? ¿Qué pasará con ChatGPT, Gemini, BarGPT…?

¿Qué es la inteligencia artificial? La inteligencia artificial, según se define en la página web…

7 días hace

¿Cómo tributa la donación de dinero entre no residentes cuando el dinero está situado en España?

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (en adelante, ISD) es un impuesto estatal que viene…

1 semana hace

¿Qué requisitos tiene que cumplir el Canal de Denuncias?

En nuestro anterior artículo referente al canal de denuncias en las empresas, denominado “El canal…

3 semanas hace

La Opinión de Málaga: El fin de las Golden Visa tendrá una influencia nula en la contención del precio de la vivienda

Entrevista | Jesús Ruiz Ballesteros Socio director del despacho malagueño Ruiz Ballesteros «No hay componente especulativo: el…

3 semanas hace