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Obligación de hacienda de hacer públicas las retribuciones variables de sus funcionarios

Aunque este no sea un artículo técnico propiamente dicho, pero sí es una noticia que consideramos importante, por ello, desde Ruiz Ballesteros hemos decidido presentaros este pequeño resumen sobre una noticia que supone un paso adelante en la defensa de los intereses de los contribuyentes. Máxime siendo nosotros miembros de la AEDAF.

El juzgado Central Contencioso Administrativo número 4 de Madrid, previa reclamación interpuesta por la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), ha accedido a las pretensiones de la AEDAF al sentenciar que la AEAT (Agencia Española de Administración Tributaria) debe hacer públicos los criterios por los cuales determina cuál es la retribución variable de sus funcionarios, ya sean estos actuarios normales, subinspectores o inspectores de Hacienda.

En esta sentencia se reconoce el derecho del administrado a que la AEAT facilite la información sobre las normas reguladoras del concepto retributivo denominado “complemento de productividad”, así como los criterios para la aplicación del mismo.

Es público y notorio que, los inspectores y actuarios, reciben un plus de productividad por aumentar la recaudación, reconociéndose ese plus cuando se consigue cobrar del contribuyente e incluyéndose el mismo en su nómina. Sin embargo, si posteriormente el asunto es anulado en los juzgados de lo contencioso-administrativo los funcionarios no deben devolver el plus ya cobrado, lo que en la práctica se traduce en una difícil correlación entre actuación jurídica sesgada y no sesgada, es realmente complicado defender que no existe un ánimo recaudatorio, incluso personal, cuando se responde al contribuyente en las distintas actuaciones, puesto que parte del sueldo del funcionario depende de la recaudación.

Pues bien, la ley de creación de la AEAT impone que su financiación es parcialmente realizada con su recaudación, y de hecho cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado fija el porcentaje a destinar sobre dicha recaudación. A su vez, la Ley 28/2006, regula la llamada “Gestión transparente por objetivos” de la AEAT, siendo ligada la retribución al cumplimiento de dichos objetivos, pero no publicándose los mismos, por lo que la parte de “transparencia” se pierde.

Con esta sentencia, y tras la renuncia de la Dirección General de la AEAT a hacerlos públicos, el juzgado determina que es obligatoria la publicación de los criterios utilizados para el reparto de las retribuciones variables. La Sentencia es la número 137/2022 del Juzgado Central Contencioso-Administrativo Número 4, de fecha 22 de julio de 2022, y es en respuesta al Procedimiento Ordinario 55/2021.

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Obligación de hacienda de hacer públicas las retribuciones variables de sus funcionarios
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Aunque este no sea un artículo técnico propiamente dicho, pero sí es una noticia que consideramos importante, por ello, desde Ruiz Ballesteros hemos decidido presentaros este pequeño resumen sobre una noticia que supone un paso adelante en la defensa de los intereses de los contribuyentes. Máxime siendo nosotros miembros de la AEDAF.
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Jesús R. Ballesteros

Jesús es Economista y Abogado, estudió la licenciatura de Economía en la Universidad de Navarra, es Máster en Tributación por Garrigues, donde comenzó a trabajar en la oficina de Granada, pasó por otros dos despachos multinacionales de reconocido prestigio mientras estudiaba Derecho en Madrid, hasta que finalmente constituyó Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales a principios de 2006. Jesús es colaborador habitual de medios de comunicación cuando tratan temas empresariales, fiscales y jurídicos, como Radio Intereconomía en el programa “Foro Fiscal”, Cadena Ser y Ondacero. Diploma de Estudios Avanzados en la Universidad de Granada con una Tesina titulada “Intercambio internacional de información tributaria y Paraísos Fiscales”, que defendió ante el tribunal correspondiente obteniendo el DEA en Derecho Financiero y Tributario con Sobresaliente. El título de su Tesina deja claro que ha profundizado como pocos en este ámbito del derecho, lo que le facilita el trabajo actual en fiscalidad internacional. Autor del libro “Cómo rentabilizar tu declaración de la renta” e ideólogo y desarrollador de la primera aplicación jurídica en España dedicada a la descarga de modelos de documentos legales, Paxtum. Diplomado en Alta Dirección por el Instituto Internacional San Telmo (programa AD-1) en 2016/17. Profesor-Colaborador del Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE), para las materias de Derecho Mercantil y Derecho Financiero-Tributario, siendo así co-autor de los libros teóricos de ambas áreas y del libro de “casos prácticos” de Derecho Financiero-Tributario. Experto en el sistema tributario español, fiscalidad internacional y derecho societario-mercantil, habla inglés y es el Director de nuestra empresa, Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales. Jesús fue nominado en 2020 al premio Best Lawyers en derecho societario, fusiones y adquisiciones, habiendo sido galardonado con este premio dos años consecutivos, en 2021 y 2022. Best Lawyers se ha ganado el respeto de la profesión, los medios de comunicación y el público como la fuente más confiable e imparcial de referencias legales. La lista está dividida por región geográfica y áreas de práctica. Son revisados ​​por sus pares en base a la experiencia profesional y se someten a un proceso de autenticación para asegurarse de que se encuentran en la práctica actual y en buen estado. Ha sido galardonado en 2018 con la Cruz Blanca al mérito civil por el Ministerio del Interior del Reino de España (Comisaría General de Policía), concedida por su labor profesional como asesor jurídico-fiscal de empresas multinacionales y la colaboración de éstas con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado Español. Este galardón se concede únicamente a miembros del cuerpo de policía nacional y a muy pocos civiles.

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