Custodia compartida con una sola vivienda: el modelo de casa nido como respuesta a la emergencia habitacional

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La crisis habitacional que atraviesan muchas ciudades españolas está obligando al Derecho de Familia a reformular algunos de sus esquemas tradicionales. El acceso a la vivienda, cada vez más restringido por los elevados precios del alquiler y la escasa oferta, unido a los bajos recursos económicos de las familias, está condicionando sus vidas, también, tras una ruptura de pareja. En este contexto, el modelo de custodia compartida bajo la formula de “casa nido” está emergiendo como una solución jurídica, que se puede aplicar especialmente en zonas tensionadas como Baleares, Madrid, Barcelona o Málaga.

Una reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Palma de Mallorca, sentencia número 109/2025, de 24 de marzo, ha dado un paso significativo en esta dirección. En ella se acuerda un sistema de custodia compartida mediante casa nido para una pareja divorciada, con el objetivo de garantizar el bienestar de los menores y adaptarse a la realidad socioeconómica de los progenitores. La jueza consideró acreditada la imposibilidad de que cada progenitor pudiera mantener una vivienda independiente tras el divorcio, por lo que optó por mantener a los hijos en el domicilio familiar y que fueran los padres quienes rotaran su estancia en la vivienda según el régimen de custodia establecido.

Este modelo, aunque poco habitual, responde a una preocupación creciente: ¿cómo garantizar el interés superior del menor cuando las condiciones económicas de los progenitores dificultan el acceso a una vivienda digna tras el divorcio?

¿Qué es el modelo de casa nido?

La “casa nido” es una modalidad de custodia compartida en la que los menores no cambian de residencia, sino que permanecen de forma estable en el domicilio familiar. Son los progenitores quienes se alternan en la vivienda, siguiendo el calendario de custodia pactado o establecido judicialmente. Esta fórmula busca garantizar la estabilidad emocional de los menores evitando que tengan que trasladarse continuamente de una casa a otra, como ocurre en la custodia compartida tradicional.

El modelo está especialmente indicado en contextos donde los menores tienen una alta dependencia de su entorno (centro escolar, actividades, círculo social), y cuando existe una buena comunicación y colaboración entre los progenitores.

¿Cuándo puede aplicarse?

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha sido tradicionalmente reacia a la aplicación del modelo de casa nido, reservándolo para casos excepcionales y siempre que haya acuerdo entre las partes. Esto se debe a que requiere un alto nivel de cooperación entre los progenitores, así como la capacidad de mantener tres residencias (la familiar y las dos que necesitarían para cada uno de los progenitores), pues implica un esfuerzo económico considerable.

Sin embargo, en situaciones de emergencia habitacional, los tribunales están empezando a flexibilizar esta postura. Si se demuestra que ninguno de los progenitores puede asumir una vivienda independiente sin comprometer la estabilidad económica de la familia o la relación con los hijos, el modelo de casa nido puede considerarse como una solución equilibrada.

En el caso de la sentencia de Palma, la jueza ha reconocido la realidad habitacional de la isla, así como los ingresos y gastos de los progenitores, concluyendo que sería injusto obligarles a asumir gastos inalcanzables que les impidieran satisfacer sus necesidades básicas o mantener una relación cercana con sus hijos.

Una solución adaptada a tiempos de cambio

La sentencia de Palma marca un hito al vincular la custodia compartida con la crisis habitacional. Este fallo representa un avance en la comprensión de que las condiciones económicas actuales deben tenerse en cuenta a la hora de resolver los conflictos derivados de una ruptura familiar. Aunque no se trata de una solución aplicable a todos los casos, sí ofrece una alternativa válida cuando la vivienda se convierte en un obstáculo para que los progenitores ejerzan la coparentalidad de manera efectiva.

Como establece el artículo 2 de la Ley Orgánica de Protección del Menor, el interés superior del menor y su bienestar deben prevalecer sobre los intereses de los progenitores. Por ello, las dificultades de convivencia entre los padres no deben impedir que los menores puedan estar con ambos durante periodos equitativos.

La sentencia de Palma, en definitiva, representa una respuesta judicial a la crisis habitacional, adaptándose a las necesidades cambiantes de las familias. Aunque aún es un modelo poco común, podría ganar terreno en aquellas zonas donde el acceso a una vivienda asequible es cada vez más difícil.

En conclusión, gracias al modelo de casa nido, los progenitores no necesitan alquilar o comprar una vivienda grande y costosa. Pueden vivir en espacios más pequeños y acordes a su situación económica. Incluso, si su contexto personal lo permite, pueden residir en casa de sus propios padres o familiares cuando no les corresponde la convivencia con sus hijos. Esto no afecta en absoluto a sus responsabilidades como padres ni al bienestar de los menores, que siempre permanecen en el hogar familiar establecido como casa nido.

Resumen
Custodia compartida con una sola vivienda: el modelo de casa nido como respuesta a la emergencia habitacional
Título del post
Custodia compartida con una sola vivienda: el modelo de casa nido como respuesta a la emergencia habitacional
Descripción
Custodia compartida en una sola vivienda: conoce el modelo de casa nido, cómo funciona, ventajas legales y la reciente sentencia que lo respalda en contextos de crisis habitacional en España.
Autor
Editor
Ruiz Ballesteros
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