Como novedad más destacada tenemos la relativa a la “identificación del titular real de la sociedad”. Esto supone que a la hora de depositar las Cuentas Anuales de la sociedad mercantil, hay que adjuntar un nuevo formulario en el que se va a identificar a dicho titular. La identificación de esta persona física no es nada nuevo en la práctica porque es obligatorio desde hace años firmar un acta de titularidad real de las sociedades mercantiles, lo novedoso es que debe incluirse ahora en las Cuentas Anuales.
El 27 de marzo de 2018 se publicó en el BOE la Orden JUS/319/2018, de fecha 21 de marzo, con fecha de entrada en vigor el día siguiente, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación de las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil, con las novedades que ahora comentamos:
Este formulario debe presentarse de forma obligatoria en relación con las cuentas de ejercicios cerrados a partir del 1 de enero de 2017. Para ejercicios cerrados con anterioridad a dicha fecha no es necesario.
En ejercicios sucesivos dicho formulario solo deberá ser cumplimentado si se han producido cambios en la titularidad real.
El pasado 26 de febrero de 2018, el Tribunal Supremo se pronunció sobre la retribución de los consejeros ejecutivos, cambiando el criterio interpretativo que había sido aplicado hasta el momento tanto por las Audiencias Provinciales, como por la propia Dirección General del Registro y del Notariado (DGRN).
Hasta la fecha de publicación de dicha Sentencia, tanto la doctrina como las Resoluciones de DGRN, consideraban que el régimen de retribución de los consejeros ejecutivos era distintito del régimen general aplicable a los administradores.
Si bien, en el caso de los administradores y consejeros sin funciones ejecutivas, el sistema de retribución debía establecerse en los estatutos sociales de la compañía, para el caso de los consejeros que desempeñan funciones ejecutivas, no se exigía que la retribución se estableciese en una cláusula estatutaria, sino que la única obligación con respecto a los mismos era la suscripción de un contrato de administración que debía ser aprobado por el consejo de administración, y en el que se fijaba el importe de la retribución, sin intervención alguna de la junta general (artículo 249 Ley de Sociedades de Capital).
Todas las entradas y salidas de turistas en cada uno de los pisos vacacionales de la provincia y los ingresos recibidos los propietarios de los mismos por esta actividad están ya al descubierto y en manos de Hacienda. Desde este mes, las plataformas de alquiler vacacional están obligadas a facilitar a la Agencia Tributaria todo el volumen de negocio registrado a través de un nuevo formulario, el modelo 179. En el mismo, estos portales tendrán que dar cuenta la fecha de entrada del viajero y de su salida, computándose el total de las estancias, así como la cantidad pagada por dicha reserva, el nombre del propietario que se ha beneficiado de la misma y el número del catastro que identifica al inmueble en cuestión, explicó ayer el presidente de la Asociación de Viviendas Turísticas de Andalucía, Carlos Pérez-Lanzac. De esta manera, el 100% de los propietarios de los 21.185 pisos vacacionales de la provincia, que ofrecen un total de 110.778 plazas, comienzan a estar ya completamente fiscalizados, ya que todos ellos operan este negocio a través de los distintos portales de alquiler turístico ‘on line’.
Diario SUR (27/06/2018) Seguir leyendo ══►
año, hasta hoy para ser más exactos en lo que simboliza el Día de la Liberación Fiscal, de acuerdo a un estudio elaborado por el «think tank» Civismo. La cita llega un día antes que
el año pasado, debido a las deducciones en el IRPF aprobadas en el último ejercicio, tanto por parte del Estado como de ciertas comunidades.
Por peso de cada gravamen, las cotizaciones sociales son las que tienen una importancia mayor, al suponer 102 jornadas de salario, es decir, más de la mitad de la carga fiscal total. A ellas hay que añadir otras 35 por IRPF –es aquí donde baja un día frente a 2017–, además de 25 por IVA, 11 por Impuestos Especiales como los gravámenes a los carburantes, alcohol o tabaco, y 5 más por otros tributos como el IBI, Patrimonio, Sucesiones y Matriculación. Ello deja disponible para el contribuyente 187 días de trabajo al año, señala el «think tank».
ABC (27/06/2018) Seguir leyendo ══►
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RENTA Y PATRIMONIO
Presentación por teléfono de la declaración de Renta 2017
Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, hasta el 27 de junio
RENTA
RENTA Y PATRIMONIO
IVA
DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE AYUDAS RECIBIDAS EN EL MARCO DEL REF DE CANARIAS Y OTRAS AYUDAS DE ESTADO POR CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS O DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Pagos fraccionados Renta
IVA
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD
IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES
Segundo trimestre 2018. Pago fraccionado: 585
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL CARBÓN
Segundo trimestre 2018: 595
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES Y ENTIDADES EN ATRIBUCIÓN DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO CON PRESENCIA EN TERRITORIO ESPAÑOL)
Declaración anual 2017. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural: 200, 206, 220 y 221
Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.
DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE AYUDAS RECIBIDAS EN EL MARCO DEL REF DE CANARIAS Y OTRAS AYUDAS DE ESTADO POR CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES Y ENTIDADES EN ATRIBUCIÓN DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO CON PRESENCIA EN TERRITORIO ESPAÑOL)
Año 2017. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural: 282
Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.
IVA
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL
IMPUESTO SOBRE DEPÓSITOS EN LAS ENTIDADES DE CRÉDITO
RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
IVA
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD
IVA
Se podrán presentar los modelos 349 del IVA y 430 del Impuesto sobre las Primas de Seguros, cuyo plazo de presentación concluye el 20 de septiembre.
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