Tributario

Novedades fiscales de la Ley 5/2021 de Andalucía: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

El pasado 20 de octubre se publicó la nueva ley de tributos cedidos en Andalucía, que regula todas las modificaciones que realiza la Comunidad Autónoma de Andalucía. En dicha normativa se incluyeron varios cambios importantes que merecen ser resaltados, especialmente porque la mayoría entran en vigor el próximo 1 de enero de 2022, sin embargo, algunos entraron en vigor desde el día siguiente al de la publicación de esta Ley.

En este artículo nos centraremos en el:

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (en adelante, ISD).

En este impuesto se han rebajado los años de mantenimiento para poder aplicar las reducciones sobre base imponible que antes estaban en 5 años, dejándolo en tan solo 3 años para las siguientes reducciones:

  • La reducción por la adquisición mortis causa de la vivienda habitual, que reduce en un 99% la base imponible sobre el previsto en el artículo 20.2.c) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
  • La reducción de la base imponible por la adquisición mortis causa de empresas individuales o negocios profesionales, que también reduce en un 99% la base imponible del valor de la empresa o negocio individual cumpliendo el resto de los requisitos.
  • La reducción de la base imponible por la adquisición mortis causa de participaciones en entidades, que igualmente reduce en un 99% la base imponible del valor de dichas participaciones si además se cumplen el resto de los requisitos indicados en la norma.
  • La reducción de la base imponible por la adquisición inter vivos de empresas individuales o negocios profesionales.
  • La reducción de la base imponible por la adquisición inter vivos de participaciones en entidades.

También han modificado las tarifas directamente, aplicando una reducción importante en casi todos los tramos, especialmente en los más altos, que hasta ahora superaban el 36% y ahora el porcentaje máximo se sitúa en el 26%, concretamente la tabla es la siguiente:

BASE LIQUIDABLE
HASTA
CUOTA
ÍNTEGRA
RESTO BASE
LIQUIDABLE HASTA
TIPO
APLICABLE %
0,00 0,00 8.000 7
8.000 560 7.000 8
15.000 1.120 15.000 10
30.000 2.620 20.000 12
50.000 5.020 20.000 14
70.000 7.820 30.000 16
100.000 12.620 50.000 18
150.000 21.620 50.000 20
200.000 31.620 200.000 22
400.000 75.620 400.000 24
800.000 171.620 En adelante 26

Además, para el cálculo de la cuota tributaria se han modificado los coeficientes multiplicadores que distinguen a los Grupos del artículo 22.1 de la Ley 29/1987 del Impuesto, reduciendo drásticamente la tabla para dejarla de la siguiente forma:

Grupos I y II Grupo III Grupo IV
1,0 1,5 1,9

 Esas son las modificaciones más significativas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que entrarán todas en vigor el próximo 1 de enero de 2022.

Resumen
Título del post
Novedades fiscales de la Ley 5/2021 de Andalucía: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Descripción
En este impuesto se han rebajado los años de mantenimiento para poder aplicar las reducciones sobre base imponible que antes estaban en 5 años, dejándolo en tan solo 3 años para las algunas reducciones
Autor
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Ruiz Ballesteros
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Jesús R. Ballesteros

Jesús es Economista y Abogado, estudió la licenciatura de Economía en la Universidad de Navarra, es Máster en Tributación por Garrigues, donde comenzó a trabajar en la oficina de Granada, pasó por otros dos despachos multinacionales de reconocido prestigio mientras estudiaba Derecho en Madrid, hasta que finalmente constituyó Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales a principios de 2006. Jesús es colaborador habitual de medios de comunicación cuando tratan temas empresariales, fiscales y jurídicos, como Radio Intereconomía en el programa “Foro Fiscal”, Cadena Ser y Ondacero. Diploma de Estudios Avanzados en la Universidad de Granada con una Tesina titulada “Intercambio internacional de información tributaria y Paraísos Fiscales”, que defendió ante el tribunal correspondiente obteniendo el DEA en Derecho Financiero y Tributario con Sobresaliente. El título de su Tesina deja claro que ha profundizado como pocos en este ámbito del derecho, lo que le facilita el trabajo actual en fiscalidad internacional. Autor del libro “Cómo rentabilizar tu declaración de la renta” e ideólogo y desarrollador de la primera aplicación jurídica en España dedicada a la descarga de modelos de documentos legales, Paxtum. Diplomado en Alta Dirección por el Instituto Internacional San Telmo (programa AD-1) en 2016/17. Profesor-Colaborador del Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE), para las materias de Derecho Mercantil y Derecho Financiero-Tributario, siendo así co-autor de los libros teóricos de ambas áreas y del libro de “casos prácticos” de Derecho Financiero-Tributario. Experto en el sistema tributario español, fiscalidad internacional y derecho societario-mercantil, habla inglés y es el Director de nuestra empresa, Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales. Jesús fue nominado en 2020 al premio Best Lawyers en derecho societario, fusiones y adquisiciones, habiendo sido galardonado con este premio dos años consecutivos, en 2021 y 2022. Best Lawyers se ha ganado el respeto de la profesión, los medios de comunicación y el público como la fuente más confiable e imparcial de referencias legales. La lista está dividida por región geográfica y áreas de práctica. Son revisados ​​por sus pares en base a la experiencia profesional y se someten a un proceso de autenticación para asegurarse de que se encuentran en la práctica actual y en buen estado. Ha sido galardonado en 2018 con la Cruz Blanca al mérito civil por el Ministerio del Interior del Reino de España (Comisaría General de Policía), concedida por su labor profesional como asesor jurídico-fiscal de empresas multinacionales y la colaboración de éstas con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado Español. Este galardón se concede únicamente a miembros del cuerpo de policía nacional y a muy pocos civiles.

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