¿Has renunciado a reclamar la cláusula suelo a cambio de rebajar el tipo de interés?

Si tras conversaciones con el banco procedieron a reducirle su cláusula suelo o eliminarla, por su carácter de “cliente preferente”, con la condición de renunciar a futuras acciones judiciales contra ellos, entonces aquí le damos una buena noticia, que abre la vía a miles de reclamaciones.

Un nuevo pronunciamiento en un procedimiento de cláusula suelo muy reciente, deja clara la posición del Tribunal Supremo español ante este tipo de prácticas que se han venido haciendo para evitar más repercusiones económicas por parte de los bancos. Nuestro tribunal por excelencia se ha pronunciado sobre estos documentos, marcando el camino y resolviendo así contundentemente la preocupación que muchos consumidores traen desde hace años por la firma de estos acuerdos.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en fecha 16 de octubre de 2017, a través del ponente D. Rafael Saraza Jimena, ha fallado a favor del consumidor y ha señalado, además en título dentro de su exposición “Decisión del tribunal. La falta de transparencia de la cláusula suelo determina su nulidad absoluta por tener carácter abusivo. No es posible su convalidación”. En consecuencia, y tras esta rotunda aclaración, resultarán nulos los acuerdos posteriores referentes a dicha cláusula suelo y, por tanto, no tendrán validez aquellos acuerdos firmados con el banco referentes a dicha cláusula, esto es, los que renunciaban a reclamaciones judiciales por la condición de eliminación o disminución de la cláusula. Además, incide en que: “Se trata de una nulidad de pleno derecho, que impide que el consumidor pueda quedar vinculado por la cláusula abusiva”, y el mismo declara que la nulidad absoluta o de pleno derecho es insubsanable y no permite la convalidación del contrato.

Además de lo anterior, esta importante sentencia, hace un llamamiento recordando que la nulidad objeto de las clausulas suelo es apreciable de oficio por los propios tribunales, por lo que no es imprescindible que sea siempre invocada por el consumidor. Así ha quedado marcado en bastantes sentencias del Tribunal de Justicia Europeo, indicando a los jueces que pueden ser ellos mismos los que en los casos que estimen declaren la nulidad de las clausulas dejando a los contratos sin su aplicación.

Si tras esta noticia, que le ofrece aún más garantías, sigue con la intención de reclamar su cláusula suelo, no dude en contactar con nosotros.

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