Newsletter nº 122 | 1 de agosto de 2018

Régimen especial de Arrendamiento de viviendas I: Requisitos

Este régimen se incorporó en el Impuesto sobre Sociedades el 27 de abril de 2003, con unos requisitos excesivamente complicados de cumplir, por lo que el 18 de noviembre de 2005 sufrió modificaciones, de manera que hiciese frente a la finalidad real que el legislador buscaba: aumentar el parque de viviendas en alquiler.

Este régimen viene a indicar que las empresas que se dediquen a esta actividad podrán aplicar una bonificación del 85% de la cuota íntegra para las rentas procedentes del arrendamiento de viviendas, mientras que las rentas procedentes de la transmisión de dichas viviendas tributarán en el Impuesto sobre Sociedades sin bonificación alguna.

Requisitos a cumplir para la aplicación del Régimen Especial.

  1. Exclusión de las personas físicas.
  2. El arrendamiento de viviendas como actividad económica principal.
  3. Que el arrendamiento se desarrolle como actividad económica.
  4. El concepto de arrendamiento de viviendas.
  5. Otros requisitos imprescindibles.

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¿Existe algún límite en la compraventa de participaciones sociales?

Si está pensando en la venta de las participaciones de su sociedad le indicamos a continuación los datos más importantes para tener en cuenta:

  • Mercantilmente: La transmisión de las participaciones sociales se recoge en nuestro ordenamiento jurídico en la Ley de Sociedades de Capital, artículos 106 y siguientes.
  • Tributariamente: Es importante atender a la tributación de la operación. En el caso de venta de participaciones por parte de un socio persona física se puede generar una ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia entre el valor de venta de las participaciones y el valor de adquisición o valor contable de las mismas.
  • Modelo 036: Es importante indicar también un detalle con respecto a la información a suministrar a Hacienda. Algunas personas confunden la no obligatoriedad de inscribir la venta de participaciones en el Registro Mercantil con la comunicación a Hacienda.

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Noticiario Actualidad Fiscal

Así persigue Hacienda al autónomo, incluso tras darse de baja

Darse de baja de autónomos no finaliza las obligaciones con Hacienda. Estos son los Modelos con los que todavía deberás rendir cuentas ante la Agencia Tributaria, aunque ya no tengas actividad.

Darse de baja como autónomo no es sinónimo de acabar con las obligaciones con Hacienda. El trabajador por cuenta propia deberá presentar de manera obligatoria unos informes anuales independientemente de si ha percibido o no ingresos como autónomo. Se trata de unos modelos informativos que, de no presentarse, podrían generar problemas con Hacienda.

CincoDías (25/07/2018) Seguir leyendo ══►

El Gobierno modificará de urgencia el régimen sancionador de la Ley de protección de datos

El Ministerio de Justicia ha elaborado un Real Decreto-ley con diversas medidas sobre las competencias inspectoras y sancionadoras de la AEPD que será aprobado en los próximos días

El importante retraso en la la tramitación del proyecto de un marco normativo interno adaptado al Reglamento General de Protección de Datos ha empujado al Gobierno a modificar la vigente Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) por medio de un Real Decreto-ley para solventar las graves consecuencias que esta demora está provocando en el funcionamiento de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Así lo adelanta Carlos B. Hernández en el Diario La Ley.

CincoDías (26/07/2018) Seguir leyendo ══►

Calendario del Territorio Comun

 

Calendario general del contribuyente Agosto - Septiembre 2018

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RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Julio 2018. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230

IVA

  • Julio 2018. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IGIC y otras operaciones: 340
  • Julio 2018. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Mayo 2018. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Mayo 2018. Grandes empresas: 561, 562, 563
  • Julio 2018: 548, 566, 581
  • Julio 2018: 570, 580
  • Segundo trimestre 2018. Excepto grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Segundo trimestre 2018. Excepto grandes empresas: 561, 562, 563

Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

  • Julio 2018. Grandes empresas: 560

IVA

  • Julio 2018. Autoliquidación: 303
  • Julio 2018. Grupo de entidades, modelo individual: 322
  • Julio 2018. Grupo de entidades, modelo agregado: 353

Se podrán presentar los modelos 349 del IVA y 430 del Impuesto sobre las Primas de Seguros, cuyo plazo de presentación concluye el 20 de septiembre.

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Agosto 2018. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230

IVA

  • Agosto 2018. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IGIC y otras operaciones: 340
  • Julio y agosto 2018. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Agosto 2018. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Julio y agosto 2018: 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Junio 2018. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Junio 2018. Grandes empresas: 561, 562, 563
  • Agosto 2018: 548, 566, 581
  • Agosto 2018: 570, 580

Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

  • Agosto 2018. Grandes empresas: 560

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

Segundo trimestre 2018. Pago fraccionado: 583

Segundo cuatrimestre 2018. Autoliquidación: 587

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