Sentencia del Tribunal Supremo sobre la limitación a la cobertura de defensa jurídica en los contratos de seguro

La reciente Sentencia del Tribunal Supremo 101/2021[1] de 24 de febrero, resuelve sobre el contrato de seguro que contiene cláusulas lesivas para el asegurado, concretamente, respecto de la limitación del importe relativo a la cobertura de defensa jurídica cuando los profesionales sean elegidos libremente.

Libre designación de abogado en los contratos de seguro. Limitaciones.

Tal y como se recoge en el artículo 76.d Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, “El asegurado tendrá derecho a elegir libremente el Procurador y Abogado que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase de procedimiento […]”. Por tanto, el asegurado podrá designar libremente al abogado y procurador que desee, sea cual sea el tipo de procedimiento.

Ahora bien, en multitud de ocasiones, las aseguradoras establecen límites para la cobertura de defensa jurídica en las pólizas para los casos en los que se designen libremente a los profesionales (abogado y procurador) que conocerán del asunto. Este límite dependerá del tipo de póliza contratada, si bien en multitud de ocasiones, no se llegan a cubrir la totalidad de los honorarios de los profesionales, dando lugar a:

  • Que los asegurados tengan que abonar el importe restante, o
  • Que éstos profesionales deban reducir sus minutas.

Únicamente debemos acudir al baremo orientador publicado por los Colegios de Abogados o a los aranceles de los Procuradores, para comprobar que prácticamente cualquier actuación, supera los límites fijados por la póliza analizada en el supuesto de la sentencia.

Caso concreto analizado en la Sentencia del Tribunal Supremo 101/2021.

El asegurado era un taxista que falleció en un accidente de tráfico, al colisionar con otro vehículo cuyo conductor se encontraba bajo los efectos del alcohol, invadió el carril contrario, provocando un choque frontal entre ambos vehículos.

Ante la negativa de la aseguradora del vehículo causante del accidente a pagar la correspondiente indemnización, la mujer y el hijo del fallecido decidieron designar un abogado para la defensa de sus intereses. Tras la personación del letrado, éste presentó los escritos correspondientes, a los cuales, la aseguradora del vehículo causante del accidente se opuso, dando como resultado el cobro de la correspondiente indemnización para la esposa e hijo del fallecido.

Así las cosas, el letrado emitió la correspondiente factura de honorarios por su intervención en el procedimiento conforme el baremo fijado por el ICA Barcelona, siendo abonada por los indemnizados. La problemática surge cuando los indemnizados remiten esta factura a la aseguradora, que les remite un cheque por valor de 600 €, al contemplarse en la póliza ésta limitación respecto de los honorarios de profesionales libremente designados.

Dado lo anterior, y siendo ambos (mujer e hijo) los herederos del fallecido, deciden interponer demanda contra la aseguradora, solicitando que abonen los honorarios íntegros de los profesionales, pues la meritada limitación de los 600 € era irrisoria y no alcanzaba para un verbal de escasa cuantía, vaciando de contenido la cobertura contratada. La STS 101/2021 se basa principalmente en este argumento, indicando que este límite tan reducido hace ilusoria la facultad atribuida sobre la libre elección de profesionales, pues no es proporcional a los costes reales de una defensa jurídica, resultando lesiva para los intereses del asegurado o sus herederos y debiendo estimar el recurso interpuesto por éstos, condenando a la aseguradora a pagar las minutas de los profesionales que intervinieron en el procedimiento relativo a la indemnización por fallecimiento.

Dada la novedad de la STS, así como sus circunstancias particulares, si tiene dudas sobre qué coberturas tiene su contrato de seguro, su seguro le ha limitado los honorarios de profesionales en un asunto similar, o pensaba hacer uso de esta cobertura que también se recoge en otros contratos de seguro, como el de hogar, no dude en ponerse en manos de profesionales que le presten la mejor defensa posible.

Si desean consultar la Sentencia completa del Supremo pueden pinchar en el siguiente enlace:

[1] Sentencia del Tribunal Supremo 101/2021

Resumen
Sentencia del Tribunal Supremo sobre la limitación a la cobertura de defensa jurídica en los contratos de seguro
Título del post
Sentencia del Tribunal Supremo sobre la limitación a la cobertura de defensa jurídica en los contratos de seguro
Descripción
La Sentencia del Tribunal Supremo 101/2021 de 24 de febrero, resuelve sobre el contrato de seguro que contiene cláusulas lesivas para el asegurado, concretamente, respecto de la limitación del importe relativo a la cobertura de defensa jurídica cuando los profesionales sean elegidos libremente.
Autor
Editor
Ruiz Ballesteros
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