La Unión Europea actualiza la lista de países y territorios calificados como “paraísos fiscales” en 2023

Las Islas Vírgenes Británicas (“BVI”) salen de la lista de la UE en 2023 pero no salen de la lista española

El pasado mes de octubre, el Consejo de la Unión Europea (UE) decidió añadir tres países, Antigua y Barbuda, Belice y Seychelles, a la lista de países y territorios calificados fiscalmente como “jurisdicciones no cooperativas”, antes conocidos como “paraísos fiscales”. Asimismo, se retiraron de la lista tres países y territorios: Costa Rica, las Islas Marshall y las Islas Vírgenes Británicas (“BVI” por sus siglas en inglés).

Con esta actualización, la lista de “paraísos fiscales” de la UE consta de los siguientes 16 países y territorios:

  • Antigua y Barbuda,
  • Anguila,
  • Bahamas,
  • Belice,
  • Fiyi,
  • Guam,
  • Islas Turcas y Caicos,
  • Islas Vírgenes de los Estados Unidos,
  • Palaos,
  • Panamá,
  • Rusia,
  • Samoa,
  • Samoa Americana,
  • Seychelles,
  • Trinidad y Tobago,
  • Vanuatu.

El Consejo de la UE lamenta que estos países y territorios sigan sin prestar la debida cooperación a efectos fiscales y los invita a mejorar su marco jurídico a este respecto.

Cambios en la lista de “paraísos fiscales”

En la lista de la UE de “paraísos fiscales” solo figuran los países y territorios que, o bien no han entablado un diálogo de cooperación con la UE sobre legislación fiscal, o bien no han cumplido su compromiso de poner en práctica las reformas necesarias. Estas reformas deben tener como fin el respeto de una serie de criterios objetivos de legislación fiscal, sobre todo en relación con la transparencia fiscal, la equidad fiscal y la aplicación de las normas internacionales establecidas para prevenir el concepto de “BEPS” (del inglés “Base Erosión and Profit Shifting”) -en español “Erosión de la base imponible y el traslado de beneficios”-, que hace referencia a la situación de pérdida de impuestos de los países cooperantes y el traslado de beneficios que se produce a los paraísos fiscales debido a la falta de intercambio de información que permitiría aflorar ganancias y actividades económicas, en detrimento de los países que no lo son.

En la actualización de la lista de la UE, la decisión del Consejo se basó en el incumplimiento por parte de los tres territorios incorporados -Antigua y Barbuda, Belice y Seychelles- del criterio relativo al intercambio de información fiscal, previa petición de dicha información por cualquier otro organismo o país.

Las Islas Vírgenes Británicas fueron suprimidas de la lista, ya que han modificado su marco normativo de intercambio de información fiscal previa petición de información y serán revaluadas de conformidad con el estándar de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos). Costa Rica fue suprimida de la lista porque ha modificado su régimen de exención de rentas de origen extranjero. Y, por último, las Islas Marshall fueron suprimidas de la lista por haber reforzado los requisitos respecto a lo que se entiende por actividad económica real.

Antecedentes: lista en España desde 1991

La lista de la UE de “paraísos fiscales” se creó en diciembre de 2017, si bien España tiene su propia lista desde 1991, cuando aprobó el Real Decreto 1080/1991 -recientemente actualizada el 10 de febrero de 2023- que estableció la relación de países o territorios que tienen la consideración de paraísos fiscales dentro del Ordenamiento jurídico español. Años después, el Real Decreto 116/2003 permitió que pudieran abandonar la lista aquellas jurisdicciones y territorios que firmaran con España un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información.

Por su parte, la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, junto con este mecanismo de salida automática, introdujo un mecanismo de entrada en la lista de paraísos fiscales. Además, se incluyeron los nuevos conceptos de países o territorios de nula tributación y con los que no existe efectivo intercambio de información.

Por último, de conformidad con los nuevos parámetros internacionales, con la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, se adecuó el término “paraísos fiscales” al de “jurisdicciones no cooperativas”, retomando, de alguna manera, los criterios de identificación de estos territorios (o regímenes) señalados por la OCDE en su Informe de 1998 que llevaba por título “Competencia fiscal perniciosa: un problema mundial emergente”, y pretendiendo con ello la ampliación del concepto, hasta entonces centrado en la ausencia de intercambio de información, a criterios de equidad fiscal y transparencia.

Esta lista de la UE forma parte de la estrategia exterior de la misma en materia de fiscalidad y tiene como objetivo fomentar la correcta legislación fiscal en todo el mundo.

Se evalúa a los países y territorios a partir de un conjunto de criterios establecidos por el Consejo de la UE, que abarcan la transparencia y la equidad fiscales y la aplicación de normas internacionales concebidas para evitar la pérdida de impuestos y el traslado de beneficios de unos países a otros.

La lista es un documento dinámico que, desde 2020, el Consejo de la UE actualiza dos veces al año. La próxima revisión de la lista está prevista para febrero de 2024.

Las decisiones del Consejo de la UE son elaboradas por el Grupo «Código de Conducta» (Fiscalidad de Empresas) del propio Consejo, que también se encarga de supervisar las medidas fiscales en los Estados miembros de la UE.

Modelo 232 de Operaciones Vinculadas:

La lista vigente en España -que teniendo en cuenta la de la UE, no es idéntica- tiene importantes consecuencias fiscales. Por resaltar en el mes de noviembre de 2023, los contribuyentes que en 2022 hayan realizado operaciones o tengan valores en países o territorios calificados como jurisdicciones no cooperativas -esto es, en los “paraísos fiscales” incluidos en la lista vigente en 2022- con independencia de su importe, deberán cumplimentar el cuadro «Operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales» del modelo 232.

No obstante, téngase en cuenta que, recientemente, ha sido aprobada la Orden HFP/115/2023, de 9 de febrero, por la que se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas (BOE de 10 de febrero). Dicha orden que actualiza la lista de países y territorios en España (que figura en el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio), será de aplicación a los tributos sin periodo impositivo devengados a partir de su entrada en vigor el 11 de febrero de 2023 (con la salvedad hecha en la Orden), y a los demás tributos cuyo periodo impositivo se inicie desde ese momento.

España considera para 2023 las siguientes jurisdicciones no cooperativas: Anguila, Bahréin, Barbados, Bermudas, Dominica, Fiji, Gibraltar, Guam, Guernsey, Isla de Man, Islas Caimán, Islas Malvinas, Islas Marianas, Islas Salomón, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes de Estados Unidos de América, Jersey, Palaos, Samoa (por lo que respecta al régimen fiscal perjudicial (offshore business), Samoa Americana, Seychelles, Trinidad y Tobago, y por último, Vanuatu.

Existen, por tanto, algunas diferencias respecto a la lista de la UE.

Comentario del autor:

Cuando la Unión Europea habla de que la finalidad de la lista es evitar la pérdida del cobro de impuestos en los países, evidentemente se refiere a los países miembros de la Unión Europea, ya que considera que la fiscalidad aplicada en la misma es la correcta, incluyendo los tipos marginales vigentes, y considera muy bajos los aplicados por algunos de los territorios calificados como paraísos fiscales o no cooperantes, sin embargo, conocedor de que el tipo aplicable en el impuesto sobre sociedades, o en cualquier otro impuesto, sólo puede determinarlo el país soberano, incluyó hace muchos años el término “territorio no cooperante” a efectos del intercambio de información, para justificar realmente la inclusión en la lista, puesto que el tipo aplicable a cada impuesto podría ser considerado más alto o más bajo por sencilla subjetividad.

Resumen
La Unión Europea actualiza la lista de países y territorios calificados como “paraísos fiscales” en 2023
Título del post
La Unión Europea actualiza la lista de países y territorios calificados como “paraísos fiscales” en 2023
Descripción
El pasado mes de octubre, el Consejo de la Unión Europea (UE) decidió añadir tres países, Antigua y Barbuda, Belice y Seychelles, a la lista de países y territorios calificados fiscalmente como “jurisdicciones no cooperativas”, antes conocidos como “paraísos fiscales”. Asimismo, se retiraron de la lista tres países y territorios: Costa Rica, las Islas Marshall y las Islas Vírgenes Británicas (“BVI” por sus siglas en inglés).
Autor
Editor
Ruiz Ballesteros
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