Pasos para constituir una empresa (10ª parte: CIF y Actividad Económica)

Toca solicitar el CIF Definitivo y dar de alta la empresa en Hacienda, es decir, en una actividad económica concreta.

Ya hemos comentado la forma de empezar la empresa, diferencias entre autónomo y sociedad, fiscalidad, obligaciones fiscales, nombre, estatutos, notaría, impuesto y registro mercantil.

Recuerda que los pasos para la constitución de una nueva empresa son los siguientes:

  • Nombre de la empresa.
  • Redactar estatutos.
  • Firmar la escritura de constitución ante notario.
  • Solicitar CIF provisional en Hacienda.
  • Liquidar Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
  • Inscribir la empresa en el Registro Mercantil.
  • Solicitar CIF definitivo y alta en actividad económica.
  • Registrar el lugar de trabajo y solicitar código de cuenta de cotización (sólo si vas a tener empleados).
  • Solicitar un certificado digital.
  • Inscripción de la sociedad en el sistema de notificaciones electrónicas.

La solicitud del CIF definitivo es sencilla, requiere tan solo de la presentación del modelo 036 bien cumplimentado, es decir, indicando todos los datos de la empresa y acompañando una fotocopia de la escritura original, que ya debe llevar el sello del registro mercantil al final de la misma.

Aprovecharemos ese mismo modelo 036 para dar de alta la empresa en actividad económica. Esto significa que, de todas las actividades (principales y secundarias) que hemos indicado en el objeto social de la empresa que podemos desarrollar, ahora elegimos el epígrafe de Hacienda que más se acomode a nuestra empresa, por ejemplo, servicios jurídicos y fiscales para nuestro despacho de abogados y asesores.

Al dar de alta la actividad debes indicar varias cosas, destacamos las más importantes:

  • La obligación o no de presentar declaración de retenciones de alquileres.
  • La obligación o no de presentar declaración de IVA o si nos acogemos a algún régimen especial.
  • La dirección de la empresa y lugar de localización de nuestra oficina, si la tenemos, si no la tenemos entonces indicarás la provincia en la que se desarrolla la mayor parte de tu actividad.
  • El epígrafe al que se dedica la empresa, que es probablemente el punto fundamental.

Nos centramos finalmente en este epígrafe. Supongamos que nos registramos en el epígrafe de Abogados o en el de Economistas, esto daría lugar a muchas cosas, pero por destacar una importante, salvo excepción, no podremos deducirnos el 100% de los gastos de gasolina, autopistas o compra de un coche, pues nuestra actividad no lo permite. Sin embargo, supón ahora que nos damos de alta en el epígrafe de “agentes comerciales”, en este caso sí podremos deducir el 100% de nuestros gastos de gasolina y reparación del coche, pues es una herramienta de trabajo.

Como ves en el ejemplo, es muy importante elegir bien la actividad, que por supuesto la elección dependerá de lo que hayamos puesto en los estatutos (objeto social), pues no podemos realizar ninguna actividad que no esté incluida en el objeto social transcrito en la escritura de constitución.

Una vez de alta ya tienes la empresa lista para facturar y trabajar, ¡ánimo!

Recuerda que si quieres saber más siempre puedes acudir a Ruiz Ballesteros.