¿Qué necesita para poder reclamar su Cláusula Suelo?

1. Análisis de la existencia de una cláusula suelo:

Lo primero es conocer si la escritura de préstamo hipotecario tiene clausula suelo. Por clausula suelo entendemos un límite mínimo a pagar en las cuotas mensuales de la hipoteca que se le aplica al tipo de interés. Dicho tope se incorpora al documento con escasa transparencia.

2. Documentación requerida:

  • Para actuar contra la entidad financiera ante los tribunales es obligatorio hacerlo a través de abogado y procurador, para ello el consumidor tendrá que firmar un poder para pleitos ante notario. El precio de este documento puede oscilar entre los 30 y 50 euros, se firma en cualquier Notaria de España y se paga directamente al Notario. Este documento se adjuntará en la demanda.
  • Obviamente hará falta la propia escritura de préstamo hipotecario donde se muestra la existencia de dicha cláusula y se recogen los datos del contrato.
  • Calcular la cantidad a reclamar por el exceso pagado. Aunque no es obligatorio sí es lo más adecuado; solicitar al juez una cantidad exacta e indicar cómo se ha obtenido dicha cuantía. En ella se basará la demanda. Existen algunas webs en internet que ofrecen calculadoras para concretar el valor a devolver.

3. Duración del procedimiento desde el inicio hasta la sentencia:

El procedimiento objeto de este artículo no se resuelve a corto plazo, en su mayoría superan los 8 meses. Estos dependen del tribunal que tramita el asunto. Algunos tribunales están colapsados, por lo que oscilan entre los 8 meses y los 3 años. Además, siempre pueden aparecer imprevistos o existir circunstancias más complejas que alarguen cualquier proceso.

4. Posibilidades de éxito:

Las posibilidades de obtener una sentencia estimatoria cada día son mayores pues a estas alturas ya conocemos varias sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que dan la razón al consumidor:

  • Por un lado la cláusula suelo existe desde la firma de la hipoteca y no desde que el Supremo generó su primera Sentencia.
  • Por otro lado, en cuanto a gastos hipotecarios se refiere, queda claro que el 50% del notario y el 100% del registro debió abonarlos el banco.

5. Qué se solicita en la demanda:

Cuando se interpone una demanda de cláusula suelo lo que se solicita es la nulidad de dicha cláusula y como consecuencia de ello el reintegro de las cantidades pagadas de más.

La concesión de la nulidad supone dejar sin efecto la misma desde el comienzo, desde que se incorporó, es decir como si nunca hubiese existido, por ello se genera la obligación de devolver los importes que se pagaron en exceso.

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