
¿Qué ocurre con la empresa familiar cuando fallece el empresario? Sucesión, impuestos y continuidad del…
¿Qué ocurre si el empresario fallecido era socio y administrador? Cuando una misma persona concentra…
En el día a día de los procedimientos tributarios es muy habitual que, tras una…
Cómo proteger al cónyuge viudo y a los hijos al mismo tiempo En las empresas…
El Tributo, capítulo 12: Contrato de compraventa de inmuebles y contrato de arras En este…
La aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido, en adelante IVA, en determinadas operaciones puede…
Ver comentarios
Hola, tengo una duda. En algunos comprobadores de afectados por el cártel de los coches aparece un listado de concesionarios involucrados en algunas marcas sí y en otras no. ¿Quiere decir esto que en las marcas en las que no hay listado de concesionarios son en todos los de la marca y en los que sí hay listado, solo en esos o en esos más los propios de esa marca?. Gracias
Buenos días Antonio,
Muchas gracias por contactar con nuestro despacho.
En relación a la consulta que nos hace, indicarle que la sanción impuesta por la CNMC va dirigida a algunos fabricantes de coches y a otros tantos concesionarios por lo que, habrá que estar al caso concreto para ver si procede o no iniciar una reclamación. Es decir, sería necesario conocer los detalles concretos de la compra de su vehículo para poder determinar si procede o no la reclamación.
En cualquier caso, quedamos a su disposición para cualquier aclaración o información adicional que necesite.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas tardes. He visto algunos anuncios de empresas de abogados que efectúan los trámites judiciales para obtener la indemnización a la que se tenga derecho, a cambio de una contraprestación que oscila entre el 30 y el 50% de la posible indemnización (negocio redondo). Incluso algunos exigen el envío de un dinero por adelantado para los gastos de tramitación. Quisiera saber si el procedimiento para la demanda individual sin recurrir a estos bufetes es muy complicado y qué pasos habría que dar básicamente. Muchas gracias.
Estimado Alfonso,
Gracias por su comentario.
En primer lugar, la intervención de abogado y procurador para la interposición de una demanda es preceptiva salvo en los supuestos expresamente dispuestos en la Ley.
Sepa que lo normal es iniciar actuaciones extrajudiciales, si bien entendemos que lo importante es conseguirle una estimación de sus pretensiones, con demanda o sin ella, por lo que la pericia del despacho puede ayudarle y ahorrarle tiempo si la consigue sin interponer demanda.
En cualquier caso, no podemos darle una respuesta más esclarecedora al caso puesto que no sabemos de qué se trata exactamente lo que usted pretende. Si quiere, puede mandarnos información al email: legal@jrb.es y estaremos encantados de darle un presupuesto ajustado a sus necesidades.
Un saludo